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El Gobierno prorrogó el plazo por la crisis

El PE pide a España que adelante a este año la entrada de trabajadores rumanos

El Parlamento Europeo (PE) ha pedido hoy a España que adelante a finales de este año el acceso al mercado laboral de los rumanos, a quienes en principio les está restringido trabajar en el país hasta finales de 2012 debido a una prórroga que el Gobierno solicitó por motivo de la crisis.

España pactó este mes de agosto con la Comisión Europea (CE) no dar entrada a los rumanos hasta el 31 de diciembre de 2012 "debido al impacto de la crisis".

Los eurodiputados piden sin embargo a todos los países de la Unión Europea (UE) que abran lo antes posible las puertas de su mercado laboral a búlgaros y rumanos y que en el futuro "ningún país candidato tenga que aceptar un periodo transitorio de restricción a la libertad de circulación de los trabajadores".

Es lo que señala el informe del eurodiputado rumano del Partido Popular Europeo (PPE) Traian Ungureanu, que ha recibido amplio apoyo de los europarlamentarios.

En el caso de los trabajadores búlgaros, el mercado laboral ya se abrió el 1 de enero de 2009, por lo que el apremio de hoy de la Eurocámara sólo afecta a España en relación a los trabajadores rumanos.

En el informe, los eurodiputados denuncian que restringir el acceso a los trabajadores de los dos países del este adheridos en 2007 "imponen dobles criterios, son contraproducentes y constituyen medidas discriminatorias contra ciudadanos europeos". Y por ello, piden a los miembros de la UE "que levanten estas restricciones a finales de 2011, de acuerdo con el calendario inicialmente previsto en el tratado de adhesión".

Asimismo, reclaman a la CE y al Consejo que "se abstengan de imponer a cualquier Estado miembro actual o futuro país candidato medidas transitorias que restrinjan la libre circulación de trabajadores y afecten negativamente a la competitividad de los mercados laborales de la UE".

Según la actual normativa comunitaria, los socios de la UE pueden aplicar restricciones a la libre circulación de los trabajadores procedentes de un nuevo Estado miembro durante un periodo transitorio de hasta siete años a partir de la fecha de adhesión.

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