Sentencia a favor de Iberia y contra Sepla por el descanso de los pilotos
Un juzgado de lo social de Madrid ha emitido una sentencia en la que se confirma la sanción impuesta a uno de los siete pilotos que fueron expedientados por Iberia hace ahora medio año. La medida fue justificada por la empresa cuando sus tripulantes se negaron a realizar los vuelos asignados cuando se encontraba en periodo de incidencias.
El pronunciamiento judicial incide de manera directa en el contencioso que mantiene la aerolínea con el sindicato de pilotos sobre la manera de interpretar la normativa de trabajo y descanso de las tripulaciones.
El texto de la sentencia apoya la posición de la empresa y rechaza la del Sepla. Dice que "aunque hipotéticamente (fuera cierta) la tesis que mantiene el comandante en armonía con su sindicato de que la normativa que aplica Iberia transgrede la normativa internacional en materia de descanso de los pilotos de avión, y si tal tesis pudiera prosperar en el futuro (aunque no parece que se haya emprendido ese legitimo camino todavía, prefiriéndose el de la presión), lo cierto es que en el momento que se produce la negativa a realizar los servicios programados, carecía de fundamento al tratarse de órdenes dadas en el ejercicio regular de la funciones organizativas y directivas".
Juicios clave
La sentencia dada a conocer ayer es la primera en relación al contencioso que mantienen Iberia y Sepla. A partir de febrero de 2012 se prevé la celebración de nuevos juicios. Anteriormente, otro juez impidió a Iberia declarar conflicto colectivo por el asunto.