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Pistas

¿Qué hago con mis derechos del Santander?

Los derechos de suscripción de Banco Santander han comenzado a cotizar hoy con ligeras subidas. Los inversores podrán elegir cómo rentabilizar mejor sus títulos: vender los derechos al propio banco, venderlos en el mercado o cobrar en acciones.

El dividendo elección de Santander ya ha echado a rodar. El banco da a elegir a los accionistas entre recibir como pago acciones de nueva emisión o efectivo. La cotización de los derechos ha comenzado hoy con tímidas subidas que han llegado a alcanzar el 4%. Una rentabilidad que podría aumentar si mejora el rumbo de las acciones del banco en Bolsa. ¿Vender o esperar? Los inversores tendrán hasta el 26 de octubre para decidir. Esa es la fecha límite para solicitar la venta de los derechos al Santander a cambio de un importe previamente tasado (0,1260 euros por título). El plazo se prolonga hasta el 31 para el caso de que se desee vender los derechos en el mercado; y si la decisión es no moverse, pasada esa fecha, el accionista recibirá los títulos que le corresponda. Tendrán derecho a una acción por cada 49 títulos. ¿Cuál es la mejor opción?

Las dos vías de recibir efectivo tienen diferente tratamiento fiscal

El inversor que quiera recibir la retribución en efectivo del Santander deberá vender sus derechos antes del 26 de octubre. El precio de compra de cada derecho es de 0,126 euros. Es decir, un accionista con 100 títulos que se decante por esta opción cobrará 12,6 euros. Aunque esta modalidad de retribución no se trata de un dividendo tradicional, sino de una ampliación de capital liberada, tributa de la misma manera. Cuando el desembolso supere los 1.500 euros, se le aplicará entre el 19% y el 21% (el mismo tratamiento fiscal que el dividendo). Esta es una buena opción si no se tienen muchos títulos en cartera y al inversor no le importa ver diluida su inversión en Santander.

Quien decida vender de los derechos de suscripción en el mercado, no estará sujeto a retención fiscal en un primer momento. El importe del derecho se restará del valor de adquisición de las acciones de las que procede en el momento en que estas se vendan, para calcular la plusvalía. Será entonces cuando el accionista pase por caja y para tributar por la ganancia patrimonial al 19% para los 6.000 primeros euros y al 21% para el importe que exceda de esa cuantía. El plazo para acogerse a esta modalidad finaliza el 31 de octubre. La cotización ha comenzado hoy y el precio de los derechos ha llegado a alcanzar los 0,130 euros. Una revalorización del 4%, si se decidiera vender hoy. La cotización de los derechos dependerá de la de las acciones de Santander: Si estas suben, las derechos subirán. Tras un verano desastroso, el Ibex parece que recupera el tono. El nuevo plan de rescate a la banca europea ya está en marcha y se materializará previsiblemente antes del plazo límite de venta (31 de octubre) de los derechos. Algo que la andadura bursátil del Santander sin duda agradecería.

Cobrar en acciones

El inversor que opte por esta vía necesitará 49 derechos para recibir una acción nueva. Esta opción es la más beneficiosa para el banco pues no consume recursos líquidos. No está sujeta a retención a cuenta para el accionista, que sólo pagaría a Hacienda cuando opte por vender los títulos. El 19% por los primeros 6.000 euros de plusvalía y el 21% para el resto. Pero con esta modalidad, al aumentar el número de acciones de la entidad en cartera, se reduciría el valor de adquisición sobre el que calcular las plusvalías.

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