Todas las tiendas de conveniencia podrán vender tabaco a partir de hoy
Todas las tiendas de conveniencia podrán vender tabaco a partir de hoy a través de máquinas expendedoras, tras la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Hasta el momento, el tabaco se comercializaba únicamente en las tiendas de conveniencia situadas en las estaciones de servicio, una práctica que ha provocado un alza de las ventas del 13% en el transcurso de un año, no sólo por este producto sino por la venta inducida de otros en el mismo acto de compra.
Por ello, el Gobierno ha ampliado la venta del tabaco a los establecimientos de este tipo de formato comercial con el fin de evitar la discriminación constatada y su correspondiente correlato en las cuentas de los operadores comerciales. Hoy se publica en el BOE el Real decreto-ley de medidas complementarias en materia de políticas de empleo.
"El objetivo es evitar la discriminación", subrayó el ministro portavoz del Gobierno, José Blanco, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado viernes.
En concreto, las tiendas de conveniencia, cuya definición está incluida en la Ley de Horarios Comerciales, son aquellas que, con una superficie útil para la exposición y venta al público no superior a 500 metros cuadrados, permanezcan abiertas al público, al menos, dieciocho horas al día y distribuyan su oferta, en forma similar, entre libros, periódicos y revistas, artículos de alimentación, discos, vídeos, juguetes, regalos y artículos varios.
Excluidas las tiendas chinas
"Es imprescindible que cumplan este ''mix'' de oferta", según determina el Gobierno, que de esta forma excluye a las tiendas regentadas por ciudadanos de origen chino, ya que no tienen licencia para ejercer su actividad como tiendas de conveniencia.
La comercialización del tabaco en este formato se regirá por el mismo sistema comercial vigente para la venta de tabaco en locales de ocio y quioscos en la vía pública, esto es, mediante máquinas expendedoras. Así, no se venderá tabaco de forma directa, ya que los únicos establecimientos autorizados para la venta directa de tabaco son los estancos.
Según la normativa de control de venta de tabaco, que también deberán seguir las tiendas de conveniencia, el establecimiento enviará la solicitud al Comisionado del mercado del Tabaco. El establecimiento debe también inscribir el número de de máquina expendedora en el listado del Comisionado, así como el nombre del estanco de su zona del que se va a surtir.
Con la entrada en vigor del Real decreto-ley a partir de hoy, El Corte Inglés podrá comercializar cigarrillos en los 187 establecimientos que integran la red comercial de Opencor, su cadena de tiendas de conveniencia. El grupo que preside Isidoro Alvarez ha señalado en las últimas memorias anuales de la compañía el impacto que la prohibición de vender tabaco en este tipo de establecimientos ha tenido en los resultados de Opencor.
En el último ejercicio fiscal, cerrado el pasado febrero, Opencor registró unas pérdidas de 20,34 millones y redujo sus ventas un 4,1%, hasta 370 millones de euros, como consecuencia del efecto de la supresión de ventas de tabaco y de la restricción de horarios en la venta de alcohol, así como por los costes de reordenación de la red.