El Supremo rechaza la petición de Iberdrola de suspender la ley antiblindajes
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Iberdrola de suspender cautelarmente el artículo que elimina las restricciones de voto y que autoriza a ACS, su principal accionista, a votar por el 19% de su participación en la eléctrica, según el auto.
Iberdrola presentó hace unas semanas en el Tribunal Supremo una solicitud de medidas cautelares contra el citado artículo y solicitó, al mismo tiempo, que hasta que se resolviera el proceso no se aplicara la denominada "ley antiblindajes", al entender que la medida "no ocasionaba una perturbación grave a los intereses generales o de terceros".
Esta es la segunda vez que el Supremo rechaza la petición de cautelares solicitada por Iberdrola contra el artículo 515 de la Ley de Sociedades de Capital.
En enero pasado el alto tribunal consideró que la pretensión de la eléctrica suponía una grave perturbación de los intereses públicos y al no quedar suficientemente acreditada "la irreparabilidad o irreversibilidad de los perjuicios" que Iberdrola aducía.
La eléctrica presidida por Ignacio Sánchez Galán ha aclarado que realizará un recurso de oposición contra la decisión del Tribunal Supremo. Una decisión que se ve como un paso previo para acudir al Tribunal Constitucional si fuera necesario.
La compañía entiende que en caso de que el recurso de oposición sea admitido, la enmienda no podrá ser aplicada hasta que no exista una sentencia en firme de cualquiera de los dos tribunales.