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El sector tacha la medida de intervencionista y beneficiosa para firmas extranjeras

El Gobierno redobla su cruzada contra los depósitos de alta remuneración

El Gobierno aprobó el viernes el decreto que impondrá una tasa especial para los depósitos de alta remuneración. La regulación ha ido mucho más allá de lo esperado. Aquellos productos con sobreprecio aportarán cinco veces más al fondo de garantía que el resto, cuando inicialmente se planteó que fuera el doble. El Ejecutivo también aumentará el control de los salarios en la banca.

El Gobierno ha decidido redoblar sus esfuerzos para combatir los conocidos como superdepósitos, al multiplicar por cinco las exigencias de aportación al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), respecto a los depósitos normales. Hasta ahora, las advertencias habían caído en saco roto y las entidades financieras mantienen ofertas con tipos de interés entre el 4% y el 5%.

"Los depósitos más rentables acaban trayendo créditos más caros para todos", explicó el vicepresidente Alfredo Pérez Rubalcaba, tras la reunión del Consejo de Ministros. Como informó CincoDías el 13 de abril, el Ministerio de Economía, a instancias del Banco de España, exigirá aportaciones adicionales al citado fondo a las entidades que ofrezcan productos remunerados por encima de unos determinados umbrales de rentabilidad.

Los límites

El decreto contempla la penalización de aquellas imposiciones a un plazo de entre tres y doce meses que paguen un rendimiento anual superior al euríbor medio a seis meses más 150 puntos básicos (actualmente el límite estaría situado en el 3,214%). En definitiva, los depósitos a más de un año que paguen más del 3,14% serán castigados. La medida no es una mera advertencia al sector, sino que supone una auténtica intervención en el mercado. La diferencia entre amoldarse a los límites oscila entre el 0,06% y el 0,5% del importe de la liquidez. Un depósito a un año al 3,2% tendría un coste adicional del 0,5%. Si pagara un 3,10%, el coste sería del 0,1%.

El FGD se nutre de las aportaciones de entidades y su misión es garantizar hasta 100.000 euros por depositante en cada entidad. De entrada, bancos, cajas y cooperativas de crédito han de aportar al fondo el 2 por mil de sus depósitos, aunque actualmente estas aportaciones se han reducido al 0,6 por mil para los bancos; al 1 por mil para las cajas; y al 0,8 por mil para las cooperativas.

La entrada en vigor del nuevo régimen se producirá al mes de su publicación, cuando el Banco de España aprobará una circular en la que fijará los tipos de interés mencionados anteriormente y determinará qué instrumentos serán de naturaleza similar o función económica idéntica a la de los depósitos a plazo. Por tanto, el supervisor evitará cualquier resquicio para que las entidades financieras puedan idear fórmulas alternativas para obtener liquidez con tipos por encima de mercado sin tener que estar sometidas a la penalización.

La banca española ya ha expresado en varias ocasiones su rechazo frontal a la nueva normativa, que consideran completamente intervencionista. "Hace mucho que abandonamos los tipos de interés regulados. Estamos volviendo atrás", explican desde una entidad.

Tal y como está formulada la norma, a falta de que se conozcan los últimos detalles cuando sea publicada en el BOE no afectará a todas las entidades. Las sucursales de grupos extranjeros, como Espírito Santo o ING Direct no deberán cumplir la normativa, al no estar afectos al FGD español, sino al de su país de origen. Este factor también ha levantado suspicacias entre la banca nacional.

Además, el Ejecutivo ha aprobado un mayor control de los salarios en el sector financiero, tal y como exige Bruselas. Rubalcaba explicó ayer tras el Consejo de Ministros que ahora el Banco de España tendrá la capacidad de regular los salarios de los directivos de las entidades que reciban ayudas públicas, al tiempo que se vigilarán los incentivos que se pagan en la banca para evitar prácticas especulativas.

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