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Avisan de que la norma no afecta a entidades extranjeras

Bancos y cajas ven intervencionista que el Gobierno penalice los superdepósitos

Bancos y cajas de ahorros consideran intervencionista la norma del Gobierno que penaliza los depósitos de elevada remuneración y advierten de que la medida no afecta a entidades extranjeras que no realizan aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).

A la espera de conocer la letra pequeña del real decreto de recursos propios aprobado este viernes por el Consejo de Ministros, bancos y cajas consideran que la norma es un retroceso en la regulación financiera que beneficia a entidades foráneas como ING y Banco Espirito Santo (BES), muy activas en la guerra del pasivo.

Ahora las entidades reclaman que la norma incluya un proceso de revisión de los umbrales de remuneración del pasivo a partir de los cuales se aplique la obligatoriedad de elevar la aportación al FGD a la luz de la evolución de los tipos oficiales de interés.

"No es adecuado regular por decreto un mercado dinámico como éste en el que los tipos de interés que ahora pueden resultar elevados (para remunerar el pasivo) puede que no lo sean tanto cuando el BCE suba los tipos", indicaron desde una entidad.

La norma del Gobierno fija el límite para el depósito a plazo a tres meses o inferior en el 2,934%, y para uno a plazo de más de tres meses y menos de un año, en el 3,214%. En los depósitos a plazo igual o superior a un año, el umbral es el 3,137%, y para el depósito a la vista, la remuneración máxima es del 2,223%.

Las entidades financieras comunicarán trimestralmente el importe total de sus depósitos cuya remuneración exceda de los límites e ingresarán los importes que correspondan al FGD.

Tanto la patronal de la banca (AEB) como la de las cajas de ahorros (CECA) expresaron su rechazo a la iniciativa del Gobierno cuando se dio a conocer, pero han preferido no manifestarse al respecto tras la aprobación en el Consejo de Ministros.

Santander se desmarcó de las críticas en su día y respaldó la iniciativa del Gobierno en boca de su consejero delegado, Alfredo Sáenz, quien defendió su idoneidad por el daño que la guerra del pasivo inflige a las cuentas de resultados de los que la practican.

Limitación de sueldos

Sobre los límites que el Banco de España podrá establecer a las remuneraciones variables de los directivos de entidades que han recibido dinero público, las fuentes consultadas indicaron que el organismo ya contaba con capacidad de maniobra en este sentido con la creación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

"Es una forma de normalizar algo que el Banco de España ya podía hacer, y se ha aprovechado la transposición de la directiva europea en este sentido para dejarlo claro", enfatizaron las fuentes, para las que se trata más bien de una llamada a la prudencia de cara al futuro.

Concretamente, en las entidades que reciban apoyo financiero público, la remuneración variable de los directivos sólo será posible si a juicio del Banco de España está adecuadamente justificada, y la remuneración total podrá estar limitada por el propio supervisor.

El objetivo de la norma es evitar que las políticas de remuneración de los directivos de la banca socaven la liquidez de las entidades financieras y desestabilicen el sistema bancario a través de incentivos perversos a la asunción de riesgos cortoplacistas.

El decreto exige también que entre el 40% y el 60% de la remuneración de los directivos de la banca en general se difiera en tres años y que parte sustancial de la variable, al menos la mitad, se pague en acciones o instrumentos similares que relacionen los pagos con los resultados a largo plazo de la entidad.

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