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Legislación laboral

El despido improcedente manda en España

Los ceses por causas objetivas solo suponen el 0,7%

Banco de España
Banco de EspañaEfe

Las discrepancias del Banco de España con los Ministerios de Economía o Trabajo son ya un clásico. Una de las áreas en las que suele haber más encontronazos es en la laboral. La posición del organismo respecto a la reforma aprobada por el Gobierno en junio de 2010 quedó clara un año antes, cuando el Ejecutivo empezó a tantear a sindicatos y patronal para alcanzar un acuerdo que acabó por no fraguarse.

Su gobernador, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, es un firme defensor de abaratar el despido, ya que "incentiva la creación de empresas y la contratación general". Así lo viene repitiendo desde 2009, y su opinión no da muestras de haber cambiado.

Han pasado más de dos años, y a la reforma laboral le quedan un par de meses para cumplir su primer aniversario. Uno de sus puntos clave es la modificación de las causas del despido objetivo. La ley, de la que se tiene que aprobar aún el reglamento, especifica que ahora bastará con aducir "previsiones de pérdidas", lo que técnicamente habilita para despedir, pese a tener beneficios.

Según un informe publicado por el Banco de España, el despido improcedente (indemnización de 45 días por año trabajado) sigue predominando en el mercado. Los despidos por causas objetivas, en cambio, son una práctica residual. "La tasa de separación por causa económica ratio entre despidos objetivos y total de trabajadores se situó en el 0,39% entre 1999 y 2010, si bien pasó de un 0,29% en 2007 a un 0,7% a partir de 2008", reza el documento.

Las cifras constatan un leve repunte en los últimos años, aunque su uso sigue siendo minoritario. No en vano, tal y como concluye el informe, continúa siendo más barato ajustar la plantilla mediante la rotación de trabajadores temporales que pagando indemnizaciones por despido de contratos indefinidos. La construcción ha concentrado la mayoría de los ERE por causas objetivas, seguidos por la industria y el comercio. Asimismo, cuanto mayor es la empresa, más probabilidades hay de recurrir a esa herramienta. Según el informe, "se explica porque los ERE facilitan extinciones de contrato por causas objetivas sobre todo en las empresas grandes y son mucho más costosos y problemáticos de realizar para las empresas pequeñas".

El resultado es, según el Banco de España, alarmante. "Las empresas españolas tienen un elevado grado de rotación laboral. Entre 1999 y 2010, la tasa trimestral de separación laboral agregada ratio entre bajas laborales iniciadas por la empresa y total de empleados fue del 13,06%".

Rígida legislación laboral

Asimismo, "los despidos objetivos desempeñan un papel minoritario, aunque han aumentado algo durante la crisis". El papel residual de este tipo de ajuste "apunta a que la legislación laboral que regula estos despidos no ofrece un grado suficiente de flexibilidad para permitir cambios de plantilla ante fluctuaciones en la demanda o cambios tecnológicos". Un nuevo recadito para el Ministerio de Trabajo.

Trabajo ha autorizado el 94% de los ERE en 2011

En los dos primeros meses del año se han presentado algo más de 3.200 expedientes de regulación de empleo (ERE). De ellos, solo el 17,7% eran de extinción, implicando el despido de 7.409 trabajadores.La fórmula con más incidencia sobre los empleados fueron los ERE de suspensión de empleo (excedencia temporal sin derecho a sueldo), que afectan a 27.065 personas (el 60,9% del total). Un resorte muy usado en Alemania para aliviar las necesidades de las empresas sin recurrir al despido. Se trata, además, de una de las herramientas que pretende fomentar la reforma laboral aprobada por el Gobierno en junio de 2010.En cuanto a los ERE de reducción de jornada, muy presentes también en el modelo alemán, han llegado a copar el 22,4% de los expedientes firmados en los primeros meses del año. Esta fórmula permite al trabajador combinar su empleo con el cobro de la prestación por desempleo. Da derecho, además, a la bonificación del 50% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, siempre que la compañía se comprometa a mantener en la plantilla a los afectados al menos durante un año desde la finalización de la reducción de jornada.El Ministerio de Trabajo o, en su caso, las consejerías de Empleo de las comunidades autónomas, autorizaron el 94,4% de todos los ERE de 2011. Asimismo, el 91,6% de ellos contaron con el visto bueno de empresarios y representantes de los trabajadores.Hay que matizar que los ERE inciden sobre los contratos indefinidos. Según el Banco de España, a finales de 2010 los asalariados temporales eran unos 3,95 millones (el 25,6% del total, aunque entre 1990 y 2010 se superó el 30%).

La cifra

0,39% fue el ratio de despidos objetivos sobre el total de empleados en el periodo 1999-2010, aunque a partir de 2008 escaló hasta el 0,70%.

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