La historia de una polémica
La Audiencia Nacional ha dictado este jueves sentencia sobre la normativa del canon digital correspondiente a 2008, pero esto no pone fin a la controversia del tema que tiene su origen en la ley de Propiedad Intelectual de 1987.
Qué es y quiénes se benefician del canon
El canon digital es una tasa aplicada a equipos y soportes electrónicos empleados para el almacenamiento de cualquier tipo de creación. Su objetivo es compensar a los autores que dejan de percibir ingresos por las copias ilegales de su obra.
Aunque los beneficiados de esta tasa son los artistas, pues lo que se pretende es proteger la propiedad intelectual, la administración del dinero recaudado corre a cargo de las sociedades de gestión de los derechos de autor. En nuestro país existen ocho, pero la más conocida por todos es la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).
Origen y evolución
El canon digital aparece por primera vez en 1987, año en que se aprueba la Ley de Propiedad Intelectual. Sin embargo, la aprobación del primer canon digital tuvo lugar en 2003. Por aquel entonces, los dispositivos gravados con esta tasa eran CDs y DVDs. Con el paso del tiempo la tecnología ha ido evolucionando y han aparecido nuevos dispositivos que permiten el almacenamiento. Como consecuencia de ello, en 2006 entra en vigor la nueva ley de Propiedad Intelectual que recoge la extensión del canon a nuevos soportes.
En un primer momento se intentó que los representantes de la industria tecnológica y electrónica llegaran a un acuerdo con las sociedades encargadas de la gestión de los derechos de autor para fijar los dispositivos que contarían con el canon. Tras meses de reuniones, la negociación quedó estancada y la fata de un consenso motivó que los Ministerios de Industria y Cultura interviniesen. En 2007 ambos departamentos fijaron los aparatos de reproducción y almacenamiento a los que se aplicaría el gravamen y la cuantía a la que ascendía. La intención de la administración era que los resultados se conociesen una vez publicados en el BOE, de forma que comenzaría a aplicarse a partir de 2008. Dos meses después la Asociación de Internautas lo recurrió ante la Audiencia Nacional que hoy ha declarado nula la orden ministerial sobre el canon digital que regula desde 2008 los soportes digitales y la cuantía del pago en cada uno de ellos.
Sentencias judiciales
La polémica sobre al canon digital adquirió especial relevancia con el denominado caso Padawan. La SGAE reclamaba a la empresa informática Padawan el pago de 16.759 millones euros por la venta de soportes digitales entre septiembre 2002 y septiembre de 2004. El caso fue seguido por la Audiencia de Barcelona, encargada de dictar sentencia, pero el asunto traspasó las fronteras y llegó hasta Luxemburgo.
La controversia del tema hizo que la Audiencia Provincial pidiese una consulta prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE. Aunque las conclusiones del organismo europeo no son vinculantes sirven para orientar el caso en momentos de dudas.
La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, Veronika Trstenjan, calificó de "indiscriminado" el canon digital en España y declaró que las empresas y profesionales que compran aparatos y soportes con finalidades distintas a la copia priva estaban exentas del pago.
A partir de este dictamen, la Audiencia de Barcelona emitió una sentencia judicial a favor de la compañía Padawan.
Hoy el debate ha vuelto a la escena pública después de conocerse que la Audiencia Nacional ha declarado nula la orden ministerial de 2008 que regula los dispositivos digitales y la cuantía del canon. Según la instancia judicial la aprobación de dicha orden requería una serie de trámites formales y un dictamen del Consejo de Estado que no se hicieron en su momento.
La resolución de la Audiencia supondría una vuelta a la ley del canon digital correspondiente a 2006, pero en ningún momento una supresión de la polémica tasa.