El Supremo confirma la condena a 'los Albertos'
El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cuatro meses de cárcel que impuso la Audiencia Provincial de Madrid en 2009 a Alberto Cortina y Alberto Alcocer por un intento de estafa procesal al utilizar una carta falsa para tratar de que se revisara su condena en el caso Urbanor.
El alto tribunal informó ayer de que ha desestimado todos los recursos que presentaron los Albertos y los otros tres condenados, así como tres de los cuatro socios de los empresarios en la sociedad Urbanor, propietaria de los terrenos donde se edificaron las torres KIO, en la madrileña plaza de Castilla.
De esta manera, los magistrados de la Sala de lo Penal han confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que también condenó a Cortina y Alcocer a pagar, cada uno, una multa de 192.000 euros por el delito de acusación y denuncia falsa contra sus socios de Urbanor, a los que debían indemnizar con 45.000 euros por los daños morales sufridos.
La sentencia también impuso 20 meses de prisión a los hermanos José María y Javier Arnaiz, y a la documentalista Gloria Álvarez por haber falsificado la carta y por el mismo intento de estafa procesal, a lo que se sumó una multa de 17.100 euros para cada uno por el delito de acusación y denuncia falsa.
El Tribunal Supremo ha adelantado hoy el fallo, aunque tardará todavía unas semanas en redactar la sentencia. Ayer mismo, los abogados de Alberto Cortina y Alberto Alcocer anunciaron, a la espera de conocer el texto de la séptima sentencia penal por el caso Urbanor, su decisión de recurrir ante el Tribunal Constitucional porque entienden que "viola, entre otros, sus derechos fundamentales a la presunción de inocencia, ya que su actuación se limitó a encargar a su abogado en aquellos momentos que actuara como él considerara oportuno, así como a pagar las minutas que presentó". El recurso de amparo paralizará la ejecución de la sentencia, que en cualquier caso no provocará el ingreso en prisión de los dos primos porque la pena impuesta es inferior a dos años de cárcel, que es el límite que marca el cumplimiento de las penas privativas de libertad.