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Buen gobierno

Nueva era para la gobernanza corporativa de las cajas

Los consejos de administración cambian y deberán profesionalizarse.

Nueva era para la gobernanza corporativa de las cajas
Nueva era para la gobernanza corporativa de las cajas

El pasado 19 de febrero el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto-Ley 2/2011 para el reforzamiento del sistema financiero. En líneas generales, la normativa establece ratios de capital principal distintos de entre el 8% y el 10%, dependiendo del nivel de financiación mayorista y participación de terceros en el capital.

De esta forma, el Gobierno incentiva la bancarización de las cajas de ahorro. Este proceso y la búsqueda de inversores ha de estar concluido en septiembre de 2011 o, como máximo, en diciembre, siempre que el Banco de España conceda el aplazamiento. Al mismo tiempo, el Ejecutivo ha querido regular en la nueva norma el gobierno corporativo de las cajas, situándose este punto en una de las piezas claves de la reforma.

Las recomendaciones de obligado cumplimiento para los bancos receptores del FROB son: contar en su consejo de administración con un número de miembros no inferior a 5 ni superior a 15, de los que al menos un tercio serán consejeros independientes; los consejeros externos, dominicales e independientes deberán constituir la mayoría de dicho consejo; los consejeros independientes no podrán permanecer en el cargo más de 12 años y se deberá publicar en la web información sobre los mismos. Además, será preceptivo contar con una comisión, o dos separadas, de nombramientos y retribuciones.

El real decreto-ley convierte en norma imperativa ciertas recomendaciones del Código Unificado de Buen Gobierno Corporativo (CUBG) para aquellos bancos participados por cajas a los que se traspase la actividad financiera y que reciban fondos del FROB.

"El hecho de que se impongan estas recomendaciones como imperativas es relevante, en el sentido de que, para estos bancos, no se seguirá el principio de cumplir o explicar propio hasta la fecha del gobierno corporativo, sino el de cumplir necesariamente", resalta Gloria Hernández, directora del área de Derecho Regulatorio Financiero de Deloitte Abogados y Asesores Tributarios.

Por su parte, Sara Gutiérrez, gerente de la misma área de Deloitte, subraya que, antes de esta normativa, el buen gobierno en las cajas no se aplicaba de la misma forma que en los bancos. "Su fórmula jurídica lo impedía, ya que en los consejos de administración había representantes de la política, los sindicatos, las fundaciones, etcétera". A su juicio, el real decreto-ley aprobado por el Ejecutivo lo que pretende es que cuando las cajas constituyan un banco, no repliquen en este las fórmulas de los consejos que las cajas habían tenido hasta la fecha. "Así que los políticos desaparecerán de los consejos", añade.

Aun así, Hernández hace notar que esta obligatoriedad en determinadas cuestiones de buen gobierno que exige la nueva norma para los bancos de las cajas que pidan ayudas, no se aplicará de forma igual a otros bancos.

A la hora de resaltar la medida más destacable, Hernández señala que todas son relevantes, aunque cree que las de mayor impacto son las relativas al número máximo de consejeros e independientes. "Los bancos que se han constituido hasta la fecha, como consecuencia de la integración de cajas a través de un SIP, tienen, en su mayoría, más de 15 consejeros, por lo que, si estos bancos piden apoyos al FROB, deberán proceder a reestructurar sus órganos de gobierno, reduciendo el tamaño de sus consejos y, previsiblemente, dando entrada a consejeros independientes".

Otra novedad que introduce la norma es que considera obligatoria la comisión de nombramiento y retribuciones.

Vuelco en el capítulo de retribuciones

El Gobierno ha aprovechado el real decreto-ley para imponer nuevas reglas de juego en materia de retribuciones. "En este capítulo, el escrutinio del supervisor ha aumentado exponencialmente en el entorno poscrisis. Nos encontramos ante una materia que ha sido directamente impulsada a nivel internacional por el G-20 y que tiene un alto componente político", dice Gutiérrez. La norma prevé la posibilidad de que el Banco de España limite la retribución variable de los consejeros y directivos de cualquier entidad que se desvíe de los nuevos ratios de capital principal."En una línea similar a la reciente Directiva de Adecuación de Capital, atribuye a los supervisores competencias directas sobre las retribuciones de las entidades financieras y, finalmente, el texto final de la Ley de Economía Sostenible exige a las cajas la elaboración de un informe anual sobre las remuneraciones de sus consejeros que deberá ser sometido a la Asamblea General", apunta Hernández.Por su parte, Gutiérrez matiza que "pese a la importancia que este asunto ha tomado en la última regulación en España, en mi opinión, las retribuciones no han sido determinantes de la situación que atraviesan ciertas entidades o, por lo menos, no lo ha sido en las cajas donde las retribuciones, en términos generales, no han sido elevadas".Por último, Hernández recuerda que en los últimos años las cajas habían avanzado hacia modelos más profesionalizados, "pero la redacción de la Lorca y la propia naturaleza de las cajas permitía injerencias relevantes que han sido explotadas de forma desigual en las distintas comunidades autónomas".

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