Un juez de Bilbao dictamina que ACS e Iberdrola son competidores
De momento, resultado de 1-0. La primera sentencia en el litigio que enfrenta a Iberdrola y ACS en los juzgados de Bilbao y Madrid, un proceso abierto por el intento de la constructora de entrar en el consejo de la eléctrica, ha sido favorable a Iberdrola. Un juez mercantil de Bilbao ha dictaminado que ambas compañías son competidoras, una tesis sostenida por la junta de Iberdrola para destituir al consejero designado por ACS. Esta apelará ante la Audiencia Provincial la decisión.
El campo de juego donde se desarrollan los negocios de ACS e Iberdrola ha resultado ser el mismo. Según el criterio de Marcos Bermúdez, titular del Juzgado Mercantil número 1 de Bilbao y encargado de resolver el conflicto judicial que les enfrenta, ambos grupos compiten, concurren "y mantienen intereses contrapuestos" en los sectores de las energías renovables e ingeniería industrial, dos áreas consideradas estratégicas por la compañía eléctrica.
La resolución de Marcos Bermúdez, hecha pública ayer, rechaza íntegramente la demanda de ACS que impugnó los acuerdos adoptados en la junta de accionistas de Iberdrola del 26 de marzo del pasado año en la que destituyó a los consejeros (titular y suplente) designados por la constructora mediante el sistema de representación proporcional. En ese acto, José María Loizaga (titular), en representación de la compañía presidida por Florentino Pérez, que entonces controlaba el 12%, fue nombrado e inmediatamente cesado como miembro del máximo órgano de gobierno de la compañía eléctrica.
El magistrado, que a lo largo de la vista centró la discusión para que se demostrara la posible competencia entre ambos holdings, estima en su auto que "no ha sido vulnerado el derecho de representación proporcional del principal accionista de Iberdrola, el grupo ACS". El juez añade en su sentencia que, además de competir en renovables e ingeniería industrial, tienen intereses enfrentados "en el desarrollo del coche eléctrico, en los servidores de ahorro energético y en sus relaciones comerciales como cliente/proveedor".
Amparo legal
Marcos Bermúdez entiende que, como consecuencia de la demostración de un conflicto de competencia "que casi podría considerarse un hecho notorio (a la vista de las informaciones publicadas en las páginas web de los grupos empresariales, de las referencias de prensa y de los discursos de sus presidentes ante los accionistas)", el cese de los representantes de ACS encuentra cobertura legal en el artículo 132.2 de la ley de Sociedades Anónimas.
Este articulado pone de manifiesto, según la sentencia, que "los administradores que lo fueren de otra sociedad competidora y las personas que bajo cualquier forma tengan intereses opuestos a los de la sociedad cesarán en sus cargos a petición de cualquier socio y por acuerdo de la junta general".
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha impuesto las costas a ACS, que ya ha manifestado a la CNMV que apelará la sentencia ante la Audiencia Provincial de Vizcaya, para lo que tiene un plazo de cinco días.
Una importante nómina para bufetes y peritos
El pago de las costas será un capítulo que deberá afrontar ACS, según la resolución judicial. Sin embargo, los honorarios marcados por el Colegio de Abogados para este tipo de litigios, en los que no se ha fijado cuantía, se alejan de las remuneraciones que van a percibir los abogados y peritos, tanto de la compañía constructora como de la eléctrica, todos ellos con una destacada solvencia profesional. A ACS le ha representado Clifford Chance en el ámbito jurídico, que se ha apoyado en los informes de Deloitte, Forest y Huerta y Solana, estos últimos ex presidente y ex vicepresidente del Tribunal de Defensa de la Competencia. El bufete Uría y Menéndez, por su parte, ha sido el soporte legal de Iberdrola en este litigio, y han contado con la colaboración pericial de PwC, la consultora energética Nera Economic y el informe de Benito Arruñada, catedrático de Organización de Empresas de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Estas minutas, salvo generalmente la de los peritos, suelen variar en función de los resultados. Con una resolución favorable se cobra más y una en contra de los intereses de sus representados un poco menos, aseguran fuentes profesionales.El apartado de los honorarios puede experimentar un sensible aumento. ACS ya ha anunciado que apelara la sentencia del juez de lo Mercantil Número 1 de Bilbao (tiene un plazo de cinco días), ante la Audiencia de Vizcaya. El siguiente paso procesal que pueden utilizar las partes, de no mediar un acuerdo o dar por conforme la resolución judicial, es la presentación de un recurso ante el Tribunal Supremo. Así, cuanto más se dilate el litigio, más será la remuneración a percibir por sus asesores legales.
Un año
Auto: la resolución judicial se ha hecho pública un año después de que se iniciara el contencioso jurídico entre las dos compañías.Estrategias: el juez entiende que los datos de facturación, inversiones programadas y valor total de ambos grupos son suficientes, "que son sectores muy importantes para sus estrategias empresarialesApelación: ACS tiene previsto apelar el auto.