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Competencia

Las multas también se reciclan

Competencia eleva hasta un millón de euros la segunda sanción a Ecovidrio como factor disuasorio.

El reciclaje de vidrio se suma a los sectores que torpedean la libre competencia. La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) impuso a mediados del pasado mes de agosto una segunda multa de un millón de euros a Ecovidrio, la empresa que gestiona el reciclaje de residuos de envases de vidrio en todo el territorio nacional.

En la resolución, que Competencia ha hecho pública esta semana, el organismo, que ha incluido la infracción en la categoría de "muy grave", ha infligido una sanción "disuasoria de repetición de conductas anticompetitivas", dado que Ecovidrio "era conocedor de que su comportamiento tenía aptitud para distorsionar la competencia y permitía el desarrollo de prácticas concertadas entre los diferentes agentes, que competidores entre sí (...) están asociados al Sistema Integrado de Gestión".

La nueva Ley de Defensa de la Competencia de 2007 elevó la cuantía de las sanciones como elemento disuasorio.

En el año 2003, Ecovidrio fue sancionada con 300.000 euros de multa por el reparto del mercado del calcín (restos de vidrio que de destinan a la reutilización) y por abuso de posición dominante al negar la entrada a un operador en el Sistema Integrado de Gestión (SIG). Desde ese año, "Ecovidrio ha aplicado un modelo de gestión contrario al aprobado en su día por la autoridad de la Competencia". En 2005, Ecovidrio solicitó una autorización singular, por la que la empresa se compromete a realizar una autoevaluación, sin necesidad de someter su modelo de gestión a examen.

Pero Competencia argumenta en su resolución que la empresa no respetó algunas de estas condiciones, en concreto aquellas que prevén "la prohibición de recabar información que no sea la estrictamente imprescindible; el mantenimiento de una estricta estanqueidad en la información que circula por el Sistema Integrado de Gestión y el establecimiento de criterios objetivos de contratación en los distintos mercados en los que participa Ecovidrio".

La empresa de recogida y de reciclaje solicitaba información que iba "mucho más allá" de la prevista en la legislación y que incluía la obligación de las empresas adjudicatarias de darle información mensual, no sólo del vidrio encargado por Ecovidrio, sino del que recibían de otras fuentes.

Además, la empresa no promovió en condiciones de transparencia la adjudicación, recogida y tratamiento del calcín. En las provincias de Albacete y Alicante y en las comunidades autónomas de la Región de Murcia, Aragón y Cataluña, Ecovidrio no abrió ningún concurso. Y aquellas en las que sí se anunciaron convocatorias "muestran importantes irregularidades, como no remitir el aviso a todos los posibles interesados", reza el documento.

La Ley de Defensa de la Competencia prevé el tope máximo del 10% del volumen de negocios total de la empresa infractora para las sanciones muy graves. Competencia ha utilizado como referencia los 69 millones de euros que registró Ecovidrio en 2008 para fijar la multa, que asciende a un millón de euros.

Por su parte, Ecovidrio apunta "no estar conforme con la resolución de la Comisión Nacional de la Competencia, por lo que ejercerá las acciones legales correspondientes", según explica la compañía.

El plazo legal de la empresa para recurrir ante la Audiencia Nacional alcanza dos meses.

Sin límite de sistemas de tratamiento de vidrio

La Ley de Envases y Residuos de Envases, que regula la recogida y tratamiento del vidrio, obliga a los envasadores y comercializadores de productos envasados a poner en funcionamiento y financiar un sistema de recogida y de entrega de la totalidad de los envases utilizados que hayan puesto en el mercado para su tratamiento.Esta obligación puede cumplirse de forma individual (Sistema de Depósitos, Devolución y Retorno) o colectiva, a través de un Sistema Integrado de Gestión, en el que figura Ecovidrio.La ley prevé que estos sistemas se financien mediante las aportaciones de los envasadores.Su ámbito de producto puede ser general o específico, y su ámbito geográfico, local, regional o nacional, sin que exista un límite de sistemas de gestión integrados. La autorización de estos sistemas es competencia de cada comunidad autónoma.Para los envases de vidrio, Ecovidrio firma acuerdos con las Administraciones públicas y con los diferentes operadores que participan en la cadena de reciclado de vidrio.

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