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Dentro de la demanda de impugnación

El juez deniega las medidas cautelares solicitadas por Iberdrola contra ACS

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por Iberdrola contra ACS en la demanda de impugnación que presentó contra las cuentas de 2009 del grupo constructor, su primer accionista con un 12,6% de su capital.

Florentino Pérez e Ignacio Sánchez Galán
Florentino Pérez e Ignacio Sánchez GalánP. Monge

Así consta en el auto emitido por el titular de este juzgado tras la vista celebrada ayer entre las partes, que acuerda "desestimar íntegramente" la solicitud de la eléctrica de que su impugnación quedara registrada de forma preventiva en el Registro Mercantil.

De esta forma, ACS e Iberdrola logran un ''empate'' en el primer asalto de la batalla judicial que mantienen, dado que el Juzgado Mercantil de Bilbao rechazó también el pasado viernes las cautelares que ACS pidió en contra de Iberdrola.

Las dos compañías mantienen un cruce de demandas de impugnación con las que han llevado al terreno judicial el enfrentamiento que mantienen por la pretensión de ACS de contar con una representación en el consejo de administración de Iberdrola correspondiente a su posición de primer socio, y la negativa de la eléctrica.

El juez rechazó la adopción de medidas cautelares solicitadas por Iberdrola por posibles daños provocados a terceros por mora procesal al concluir que "se hace difícil advertir la presencia de un riesgo" por "un mero acuerdo aprobatorio de las cuentas anuales y de la gestión social".

"No se puede imaginar qué obstáculos podrían impedir que, de ser estimada la demanda, la sociedad subsane los supuestos defectos de sus cuentas y los someta nuevamente a aprobación", explica el auto.

Por otro lado, el juez considera que ACS cumplió la "apariencia de buen derecho" en sus cuentas correspondientes a 2009. Iberdrola denunció la existencia de 30 irregularidades, reservas o incidencias en las cuentas consolidadas de la constructora, aprobadas el la junta general ordinaria del 15 de abril de 2010.

Respecto a estas supuestas irregularidades, el juez concluye que éstas "no se derivan de la contabilización de operaciones inexistentes", sino que son "meras omisiones" de una mayor información en la memoria que "podrían haberse subsanado por el simple expediente de ejercitar el derecho de información reconocido a todo accionista".

El juez califica de "llamativo" que la eléctrica no haya podido cuantificar con exactitud el daño sobre los resultados finales de la empresa por estas omisiones y que, por ello, no se puede saber si tales incidencias "deben calificarse como significativas o como muy significativas" siendo éste "el único supuesto en el que cabría hablar de una afectación del principio de imagen fiel".

Respecto a la acusación formulada por ACS contra Iberdrola por la adquisición del 0,064% del capital de la constructora con el único objetivo de poder impugnar los acuerdos sociales. El juez mencionó que dicho asunto lo dirimen los juzgados bilbaínos "sin que deba producirse interferencias entre las dos impugnaciones".

El pasado mes de mayo, la eléctrica presidida por Ignacio Sánchez Galán impugnó las cuentas de ACS al considerar que había incurrido en pérdidas de 405 millones de euros en el ejercicio 2009, frente al beneficio declarado de 988 millones, según consta en la demanda.

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