Lo que los laboralistas echan de menos en la reforma
Juan Chozas, Federico Durán, Abdón Pedrajas e Íñigo Sagardoy analizan el texto
En los últimos tiempos charlar con cualquier experto en Derecho del Trabajo se ha convertido en sinónimo de hablar sobre la reforma laboral. El texto en vigor del real decreto-ley aprobado por el Gobierno, tramitado como proyecto de ley y actualmente en fase de incorporación de enmiendas, ha dado lugar a horas y horas de apasionado debate y análisis en las áreas de Derecho Laboral de muchas firmas. Todos esos expertos están de acuerdo -muchos llevan afirmándolo años- en que esa reforma era necesaria, pero ¿es también suficiente? CincoDías ha planteado un cuestionario con seis preguntas prácticas sobre esta cuestión a cuatro grandes expertos en Derecho Laboral del mercado de servicios jurídicos.
Íñigo Sagardoy, presidente de Sagardoy Abogados; Federico Durán, socio de Garrigues y director del departamento laboral de la firma; Abdón Pedrajas, socio director de Abdón Pedrajas Abogados, y Juan Chozas, socio de Cusán Abogados, analizan los puntos más discutidos de la reforma y añaden, además, los aspectos que echan de menos en ella. Medidas audaces en materia de negociación colectiva, mayor flexibilidad, una reforma específica para las pequeñas empresas o menos ambigüedades e himnos al sol son algunas de ellas.
¿Qué opina sobre el real decreto-ley?
1 En su opinión, ¿la aplicación efectiva por parte de los tribunales del real decreto-ley aprobado por el Gobierno supondrá un abaratamiento del despido?
2 ¿Cree que el despido a 45 días terminará desapareciendo frente a la generalización del contrato de fomento del empleo con indemnización de 33 días?
3 ¿Considera positivo que se subvencione el despido a través del Fogasa?
4 ¿Considera que está bien resuelta la regulación del despido objetivo o podría ser mejorada?
5 Las modificaciones introducidas en la regulación de los convenios que facilitan el descuelgue sobre lo pactado en materia salarial, ¿son suficientes para ayudar a las empresas?
6 ¿Qué cree que sobra y qué echa de menos en esta reforma laboral?
Juan Chozas. Socio de Cusán Abogados. "No hay claridad y decisión para atacar los problemas"
1 La aplicación por los tribunales es la primera duda sobre la eficacia de la reforma. Si se incorporaran los nuevos criterios, realmente no se abarataría el despido, simplemente se aplicaría de manera más adecuada lo que está legislado desde hace mucho tiempo.
2 Lo dudo mucho, porque el contrato de 33 días sigue sometido a restricciones sobre los colectivos a los que se aplica, plazos y requisitos, lo que puede limitar su extensión.
3 Creo que la idea puede ser buena, pero habría que tener una mejor información sobre muchas cuestiones asociadas a su gestión, su financiación, su extensión. El real decreto-ley es muy genérico y supedita la regulación al desarrollo posterior, con lo que es difícil pronunciarse.
4 La cuestión es si se debía haber abordado el procedimiento de revisión judicial en sus términos actuales. Dudo mucho que sea un problema de redacción, como ha interpretado el Gobierno.
5 æpermil;ste es un apartado donde el texto ha sido más limitado y tímido, en mi opinión. Creo que los efectos de esta regulación van a ser inapreciables, porque prácticamente no hay cambios respecto a la regulación anterior.
6 Falta claridad y la decisión de haber atacado directamente los problemas que se dice abordar (reducir la dualidad, reforzar la flexibilidad, incrementar la productividad...) y no de una manera tangencial y sin ir a las causas que los generan.
Federico Durán. Socio de Garrigues. "Falta una reforma específica para las pequeñas empresas"
1 No hay ningún motivo para pensarlo. La nueva redacción de las causas es muy vaga, exige que el empresario las acredite y el juez debe aceptar que las medidas derivadas de las mismas (las extinciones de contratos) son razonables.
2 El contrato de fomento no se generaliza, se amplían las posibilidades de recurrir al mismo. Y el despido de 45 días se sigue manteniendo en ciertos supuestos. No hay que descartar el riesgo de que los jueces, si se trata de evitar el despido disciplinario y se recurre al despido objetivo sin causa real, para obtener el abaratamiento de la indemnización en caso de improcedencia, declaren, no la improcedencia, sino la nulidad del despido.
3 No creo que sea la solución, porque exigiría aumentar las cotizaciones al Fogasa y haría a todas las empresas partícipes de los costos de los despidos de las demás.
4 Creo que no cambia sustancialmente. Lo fundamental es que el criterio del juez es determinante para apreciar si se dan las circunstancias alegadas por el empresario y si tales circunstancias justifican, razonablemente, el despido pretendido.
5 No. El procedimiento sigue siendo muy restrictivo y muy complicado.
6 Sobra literatura farragosa y falta ambición. En particular falta una reforma específica para las pymes; una reforma de la negociación colectiva o al menos de algunos de sus aspectos; y una apuesta más decidida por la gestión de las necesidades de temporalidad de las empresas a través de las empresas de trabajo temporal.
Íñigo Sagardoy. Presidente de Sagardoy Abogados. "La incertidumbre que hay se resolverá a golpe de sentencia"
1 La nueva redacción de las causas de despido objetivo deberían suponer en la práctica que el juez sea menos estricto en la justificación de las medidas empresariales que con la legislación anterior. Ello puede ocasionar que más despidos puedan ser declarados procedentes por causas económicas en el futuro, y la indemnización a pagar, por tanto, fuera inferior.
2 Probablemente se reduzca mucho su aplicación, porque se no va a poder evitar el fraude en el uso de la terminación del contrato por causas objetivas que, al final, es mucho más barata para el empresario.
3 Si supone reducción del coste empresarial, es una buena medida, pero no definitiva o permanente. De hecho, se ha previsto como transitoria en el Real Decreto.
4 Se deberían haber concretado y objetivado mucho más las causas del despido. Sigue existiendo una gran incertidumbre que será solucionada a golpe de sentencias de nuestros tribunales.
5 Evidentemente se ha suavizado el procedimiento frente a la extrema rigidez de la regulación anterior y ello facilitará el descuelgue salarial, pero quizás se podría haber profundizado en la inaplicación de otras condiciones de trabajo existentes en el convenio, no sólo la materia retributiva.
6 Se echan en falta medidas más atrevidas en materia de negociación colectiva, una regulación más flexible del trabajo a tiempo parcial y una mayor objetividad en la justificación de los despidos objetivos y colectivos. Por otra parte, existe una cierta confusión en el redactado de la norma.
Abdón Pedrajas. Director de Abdón pedrajas abogados. "Sobran ambigüedades e himnos al sol"
1 Indudablemente. La generalización previsible de la contratación indefinida, los cambios, aún por perfeccionar, en el régimen del despido objetivo y la subvención de ocho días a cargo del Fogasa, van en esa dirección.
2 A la larga, desaparecerá. Cuando los afectados sean una minoría cabrá abordar un cambio normativo definitivo, manteniéndola con carácter transitorio para esos pocos. Con ello, presumiblemente, se evitará una gran contestación sindical.
3 No, porque desnaturaliza aún más la verdadera razón de ser del Fogasa, que originariamente era la de dar salida a las insolvencias empresariales, y porque las empresas subvencionadas son las que lo costean, con la paradoja de que, además, se penaliza a aquellas que no despiden.
4 Puede y debe ser mejorada. En su aspecto más importante, que es el que afecta a la definición de la concurrencia de las causas, con la reforma solo se ha producido un intercambio de ambigüedades.
5 Hay una cierta mejora en el tema de los descuelgues, pero una notable insuficiencia general, porque no se aborda el necesario cambio de modelo de negociación colectiva, que podría, según la solución que se adoptase, atajar el problema en su raíz.
6 Sobran ambigüedades y apuestas de futuro, que no son sino himnos al sol. Temas como la formación, el absentismo, la auténtica flexibilidad interna o el cambio de la negociación colectiva son ausencias clamorosas.