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Los sueldos de los altos cargos de entes públicos bajarán hasta un 10%

Los sueldos de los presidentes de Agencias estatales, como la Tributaria, así como de las de entidades públicas empresariales, como AENA, ADIF o Puertos del Estado, y altos cargos directivos de las mismas se reducirán entre el 8% y el 10% a partir de junio en función de su rango.

Así lo recoge el decreto ley de medidas aprobadas por el Gobierno para acelerar la reducción del déficit público, que hoy publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entrará en vigor mañana. El texto también concreta que las retribuciones del personal directivo de las fundaciones del sector público estatal y de los consorcios participados mayoritariamente por la Administración General del Estado (AGE) bajarán igualmente entre el 8% y el 10%.

A los presidentes de las Agencias estatales, presidentes y vicepresidentes de entidades públicas empresariales y demás entes públicos se les reduce el sueldo un 10%, a los directores generales un 9% y a los directores que ejercen funciones ejecutivas de "máximo nivel" el 8%.

Estas rebajas se unen a los recortes de los sueldos de los altos cargos del Gobierno que se reducirán en un 15%, a la bajada del 10% de las retribuciones de los presidentes de los órganos consultivos y de los secretarios de Estado y a la rebaja del 9% en los salarios de los subsecretarios.

Según consta en el BOE el sueldo del presidente del Gobierno se reduciría a 78.185 euros anuales, el de las vicepresidencias a 73.487 euros y el de los ministros a 68.982 euros. El salario más elevado seguiría siendo el del presidente del Consejo Económico y Social (CES), que sería de 85.004 euros tras un recorte del 10%.

En el capítulo sobre los empleados públicos en régimen laboral acogidos a convenios colectivos, el decreto ley recuerda que la rebaja salarial será del 5% para todos si no se consigue negociar su progresividad entre la empresa y los trabajadores.

Sobre las aportaciones al plan de pensiones de la AGE del personal laboral, el decreto establece que la contribución de estos empleados sea equivalente a la de los funcionarios.

De tal forma, la aportación del Grupo profesional 1 del personal laboral correspondería al grupo A1 de los funcionarios, la del Grupo 2 se correspondería con el A2, la del G-3 con el C1, la del G-4 con el C2 y la del G5 con las Agrupaciones Profesionales o el grupo E.

Informe vinculante

Además, el BOE también señala que antes de autorizar un contrato de colaboración entre el sector público y el privado, así como un contrato de concesión de obra pública, cuyo valor exceda de doce millones de euros, el ministerio de Economía y Hacienda deberá emitir un informe que será vinculante.

Este Ministerio hará un seguimiento de los contratos de colaboración entre el sector público y el privado que puedan representar "un considerable impacto a largo plazo en las cuentas públicas".

El Ejecutivo explica en el decreto-ley que los gastos de personal de las administraciones públicas suponen una parte "significativa" de los gastos corrientes, dado que el número de empleados públicos supone un 13% de la población activa.

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