Bruselas se opone a aplicar IVA reducido a los servicios legales
El Tribunal de Justicia de la UE tramita una denuncia de la CE contra Francia
La Comisión Europea (CE) no ve con buenos ojos las iniciativas para reducir el IVA en los servicios de asesoramiento que realizan abogados y procuradores. La CE mantiene en estosmomentos ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas un contencioso contra Francia por la decisión del país galo de aplicar un tipo del 5,5% de IVA a los servicios prestados por estos profesionales en el ámbito de la justicia gratuita, en contraposición al tipo general del 19,6% que grava el asesoramiento legal en el país galo.
Francia, junto a Portugal, aplica un gravamenmenor al asesoramiento de abogados y procuradores que trabajan en el área de justicia gratuita por considerar que se trata de "una actividad de asistencia social". Una argumentación que no comparte ni la Comisión Europea ni el ponente encargado de exponer el caso ante el Tribunal de la UE, que recuerdan que Francia subvenciona sólo parcialmente este tipo de asistencia -que ha de ser pagada también por los asesorados directamente a los abogados- y solicitan por ello al tribunal que condene al Gobierno galo.
Bruselas sostiene, además, que la aplicación del tipo general del IVA a los servicios de abogados y procuradores en este ámbito "permitiría a la República Francesa obtenermás recursos que podrían dedicarse, entre otros fines, a incrementar los créditos disponibles para la concesión de este beneficio".
Pese a que el contencioso contra Francia se circunscribe a un tipo muy concreto de asesoramiento legal, la argumentación de Bruselas deja traslucir una oposición firme a la aplicación de cualquier tipo reducido de IVA a la actividad legal.
Una posibilidad que se debate actualmente en España, tras la reciente decisión de la abogacía madriñeña de solicitar a Hacienda la aplicación de un IVA reducido a los servicios de representación, asesoramiento y defensa de los intereses de personas físicas y jurídicas.
La propuesta -que fue presentada por ALA (Asociación Libre de Abogados) y aprobada en la última junta general ordinaria del colegio de abogados deMadrid- insta a que el colegio solicite al Ministerio deHacienda una modificación en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido en el sentido de que se aplique el tipo reducido del 8% (en lugar del 16% que se aplica actualmente) a partir de julio de 2010, previsto en el artículo 9,1-1,2.
La proposición aprobada demanda que se añada a ese artículo un nuevo apartado (número 18) que incluya "los servicios de representación, asesoramiento y defensa de los intereses de personas físicas y jurídicas e instituciones, tanto en procedimientos judiciales como extrajudiciales y de mediación".
Un IVA que oscila del 25% a la exención
Como recordaba hace unos días Jonathan Goldsmith, secretario general del Consejo de la Abogacía Europea (CCBE) en el blog que publica en la Law Society Gazzete, aunque resulte sorprendente "no todos los abogados europeos están sujetos en todos los casos al IVA". Goldsmith hacía referencia, por un lado, al caso de Bélgica, donde los servicios legales están exentos de este impuesto, y por otro, al de Grecia, que tampoco los gravaba hasta ahora, pero que comenzará a hacerlo en respuesta a la crisis económica. Al margen de estos dos ejemplos, el gravamen que se aplica en materia de IVA a los servicios legales en Europa oscila entre países como Dinamarca, que aplican un 25%, otros, como Italia o Austria, que aplican el 20%, y países como Francia y Portugal, que añaden al tipo general un tipo reducido para los servicios de asistencia gratuita.