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Artículo 46 de la Ley âmnibus

Los locales de prensa ya pueden vender tabaco

Los locales de venta de prensa ya pueden vender tabaco, según el artículo 46 de la conocida como Ley âmnibus, que entró en vigor ayer. Dicha ley recoge una modificación del artículo 4 de la Ley antitabaco por el que se prohibía que este tipo de establecimientos vendieran tabaco. "Con la modificación se pone fin a cuatro años de discriminación injusta", explicaron desde la Asociación de Vendedores de Prensa de la Comunidad de Madrid (Avecoma), ya que, aunque en 2006 se modificó la ley antitabaco para permitir la venta en quioscos, "inexplicablemente se dejó fuera a los locales de venta de prensa".

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