_
_
_
_
Igual tratamiento al de los despidos improcedentes

El Senado aprueba eliminar el pago del IRPF a las indemnizaciones por despidos en ERE

El pleno del Senado aprobó hoy que las indemnizaciones por despidos colectivos a través de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) no tributen por IRPF hasta un máximo de 45 días por año trabajado, con el fin de igualar su tratamiento fiscal al de los despidos improcedentes.

La Cámara Alta votó por unanimidad el proyecto de ley de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas, en el que se incluye este punto sobre fiscalidad ya introducido en su trámite en el Congreso.

De este modo, se modifica la tributación de estas indemnizaciones, ya que actualmente los afectados deben pagar el IRPF si la indemnización resultante de la negociación entre empresa y sindicatos supera los veinte días por año trabajado.

Además, sólo salieron adelante dos enmiendas del grupo Mixto, una de las cuales permite calcular la pensión y la prestación por desempleo multiplicando los días trabajados por 1,5, para que los trabajadores que no hayan podido completar el mínimo de 180 días tengan derecho a tales prestaciones.

La enmienda fue defendida por el diputado Pere Sampol (Entesa), que en declaraciones a EFE explicó que se quiere ayudar a unos 300.000 trabajadores afectados por el parón de la temporada turística.

Por otra parte, el Senado incorporó en su dictamen que los trabajadores contratados por empresas de inserción durante dos años no puedan volver a tener un contrato de trabajo de estas sociedades.

La diputada del PSOE Matilde Fernández dijo a EFE que con la medida se intenta evitar el encadenamiento de bonificaciones dentro de las propias empresas de inserción e impulsar que el trabajador pueda conseguir un contrato indefinido en el sector.

Ahora, el citado proyecto de ley deberá volver al Congreso para la discusión de las enmiendas introducidas en el Senado y su definitiva aprobación.

El texto incluye además la posibilidad de que los trabajadores afectados por ERE repongan las prestaciones por desempleo ya utilizadas, con un límite de 120 días, por lo que no sufrirán merma de este derecho si finalmente se extingue su contrato.

Asimismo, se amplían un año más, hasta diciembre de 2010, las bonificaciones del 50% de las cuotas a la Seguridad Social que deben pagar las empresas que tengan autorizados ERE temporales.

Para que los empresarios puedan acogerse a esta bonificación, deben mantener el empleo de los trabajadores durante al menos un año tras la finalización del ERE.

Entre los deberes fijados para el Gobierno, tiene un plazo de cuatro meses desde que entre en vigor la ley para regular los servicios de Empresas de Trabajo Temporal (ETT) en el marco del diálogo social.

El Ejecutivo deberá también remitir al Congreso una evaluación de las bonificaciones a la contratación e impulsar un nuevo Programa de Fomento del Empleo para 2010.

Para el senador socialista José Pliego Cubero, este proyecto de ley pretende evitar la salida de trabajadores del mercado laboral, hacer frente a los periodos de desprotección de estas personas y fomentar la contratación laboral.

Matilde Fernández destacó por su parte la complejidad de la norma y pidió no adelantar debates que van a tratarse próximamente en el diálogo social, aunque el proyecto de ley ya incluye algunas propuestas de los agentes sociales.

El senador de CiU Jordi Casas agradeció la actitud dialogante de los socialistas que ha permitido que su grupo apoye el proyecto de ley, mientras que la senadora de la Entesa María Burgués subrayó la mejora de la protección social para autónomos, vendedores ambulantes o trabajadores con discapacidad.

Por parte del PP, la senadora Dorinda García criticó al Gobierno por dar "limosnas" a los trabajadores en vez de gobernar y por no haber propiciado aún un acuerdo de diálogo social.

Más información

Archivado En

_
_