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Tribuna
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Arbitraje y seguro

¿Por qué el contrato de seguro es uno de los más frecuentemente interpretados por nuestros tribunales? ¿A qué se debe tanta judicialización? ¿Qué estamos haciendo mal y qué percepción tiene el asegurado? ¿Cuáles son los costes beneficio-responsabilidad?

Algo falla en el sistema. Desde la confianza a la satisfacción, la fidelización a una compañía está en juego. Y en el seguro la confianza es fundamental, donde no todo riesgo se asegura y donde la técnica aseguradora queda en manos de la compañía, conocedora de qué se asegura, cómo, cuándo y con quién. Es algo más que buena o mala imagen. Tras el siniestro, el asegurado quiere resarcirse del daño, obtener una satisfacción económica, o una adecuada prestación asistencial. Quiere olvidar cuanto antes el siniestro. Y ahí se topa con muchos problemas, demasiadas actitudes, excesivos silencios o actuaciones interesadas. Ni gana ni pierde.

¿Qué intereses hay o existen para que no se instaure un mecanismo arbitral de solución de conflictos entre aseguradoras, asegurados y también terceros víctimas o perjudicados? ¿Cabe dentro de nuestro ordenamiento jurídico? Sin duda sí. ¿Lo quieren las entidades aseguradoras? Los inconvenientes pueden allanarse, más difícil es hacerlo con las mentalidades u otros intereses. Se pueden articular vías, herramientas jurídicas que vehiculen y posibiliten el arbitraje. Cláusulas compromisorias, convenios arbitrales ad hoc, convenios generales entre aseguradoras para la resolución de conflictos cuando en el siniestro están implicados asegurados de distintas compañías. Todo puede ser objeto de un riguroso análisis. Conciliar normativas no es ajeno a la labor del legislador siempre que con ello se gane en objetividad, tiempo y satisfacción para todos. Buscar puentes entre las legislaciones de seguros y la normativa de consumidores y usuarios allanaría dificultades, amén de una labor de pedagogía e información veraz y transparente hacia el asegurado.

Formar profesionales y expertos en el ámbito del seguro es posible. Sólo hace falta voluntad y profesionalidad. Cortes arbitrales imparciales, sin querencias ni carencias, sin dependencias ni tutelas, sin visos de intereses que no sean otros que el derecho y la justicia. Seleccionar cuidadosamente el perfil de esos árbitros, supervisar su formación continua y continuada y reglamentar su actuación.

Son cientos de millones los que se ahorraría el sector instaurando mecanismos de arbitraje para resolver las disputas. Desjudicializar el seguro en lo necesario es bueno para todos. Se llama confianza, rapidez, satisfacción.

Abel B. Veiga Copo. Profesor de Derecho Mercantil de Icade

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