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Cambio de suministrador en el mercado del gas

Competencia se alinea con Iberdrola respecto a la contratación del gas

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) propuso ayer que se aclare un artículo del Real Decreto 1434/ 2002, relativo a las actividades relacionadas con el transporte, distribución y comercialización del gas natural, y que se acepte la contratación telefónica como fórmula de cambio de suministrador en el mercado del gas. De este modo, se daría legitimidad a las prácticas defendidas por Iberdrola y que Gas Natural rechaza por no estar específicamente fijadas por ley.

Esta consideración aparece recogida en un informe de la CNC acerca de un proyecto de real decreto que adapta la legislación a la directiva comunitaria de servicios. En este informe, aludiendo al sector del gas, afirma que "se propone aclarar en el apartado 44.2 d) del Real Decreto 1432/2002 los medios a través de los cuales se debe demostrar la conformidad del cliente con el cambio de suministrador, aceptando, entre otros, la contratación telefónica". Recuerda que en la orden ministerial 1659/2009 sobre tarifas eléctricas sí se es "mucho más preciso" y se indica que, "a efectos de validar el cambio, podrá ser suficiente con dar traslado en soporte electrónico de la voluntad inequívoca del cliente".

De quedar reflejada esta propuesta en la legislación, permitiría a Iberdrola seguir adelante en sus campañas de contratación por teléfono del suministro de gas.

En septiembre, Iberdrola presentó ante la CNC una denuncia contra Gas Natural por un posible caso de obstaculización de la competencia al impedir el traspaso de 300.000 clientes de gas. La CNC aún no ha indicado si esta denuncia se admite a trámite.

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