Rechazado el recurso de Telefónica sobre el recorte del precio del móvil en el extranjero
El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Miguel Poiares Maduro, avaló hoy la norma de la UE que recortó hasta un 70% las tarifas por el uso del móvil en el extranjero y recomendó que se rechace el recurso presentado contra este reglamento por Telefónica O2, Vodafone, TMobile y Orange. Estos cuatro operadores habían denunciado que la imposición de precios máximos a las llamadas en itinerancia era ilegal.
El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Miguel Poiares Maduro, avaló hoy la norma de la UE que recortó hasta un 70% las tarifas por el uso del móvil en el extranjero y recomendó que se rechace el recurso presentado contra este reglamento por Telefónica O2, Vodafone, TMobile y Orange. Estos cuatro operadores habían denunciado que la imposición de precios máximos a las llamadas en itinerancia era ilegal.
La opinión del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia. Su misión consiste en proponerle una solución jurídica al caso de que se ocupa. Los jueces empezarán ahora a deliberar y la sentencia final se dictará en un momento posterior, aunque en la gran mayoría de los casos el TUE sigue las recomendaciones del abogado general.
Telefónica y el resto de operadores de telefonía móvil habían cuestionado la base jurídica escogida por la Comisión para elaborar esta norma. También denunciaron ante la justicia británica que Bruselas había vulnerado los principios de subsidiariedad y proporcionalidad. La justicia británica elevó el caso al Tribunal de Justicia de la UE.
En su dictamen de este jueves, el abogado general confirma en primer lugar que la base jurídica escogida por la Comisión es la adecuada. "Imponer unos precios máximos a los servicios de itinerancia facilita el establecimiento del mercado interior, al eliminar obstáculos para la actividad económica transfronteriza", señala Poiares Maduro.
El abogado general concluye además que la norma no vulnera el principio de subsidiariedad. "Es evidente que era necesaria una acción a nivel comunitario porque los reguladores nacionales no tienen competencia para regular los precios aplicados por los operadores de redes extranjeras a los operadores de redes de su Estado miembro, ni incentivos para regular los precios al por mayor aplicados dentro de su territorio a los operadores de redes extranjeras", indica.
Por lo que se refiere a los precios al por menor aplicados a los clientes, Poiares Maduro señala que la cuestión "no está tan clara" y admite que esta regulación podría haberse dejado en manos de las autoridades nacionales. No obstante, considera que "si se hubiera dejado el asunto a los 27 reguladores nacionales, podría haber llevado demasiado tiempo introducir un control efectivo sobre los precios al por menor".
En cuanto a la cuestión de saber si establecer límites máximos a los precios aplicados por los operadores de redes era proporcionado, el abogado general señala que la UE intervino como último recurso porque la presión política sobre los operadores no funcionó.
Asimismo, Bruselas comprobó que los precios de la itinerancia variaban ampliamente de una forma que no podía explicarse por los gastos subyacentes, con los operadores obteniendo beneficios por encima del 200 % por las llamadas efectuadas en itinerancia y del 300 % o 400 % por las llamadas recibidas en itinerancia.
Habida cuenta de estas tarifas excesivas y de la necesidad de actuar a tiempo, la decisión de regular los precios al por menor era una opción razonable para la UE, concluye el abogado general.