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Activos

Santander amortizará participaciones preferentes por importe de 1.430 millones

El Banco Santander amortizará participaciones preferentes verificadas en el año 2004 por importe global de 1.430 millones de euros, según informó hoy la entidad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

La entidad que preside Emilio Botín prevé amortizar las participaciones preferentes de su filial financiera Santander Finance Capital correspondientes a las series 'III' y 'IV', por 750 y 680 millones de euros, respectivamente.

Una vez obtenida la autorización previa del Banco de España, el Santander procederá el próximo 30 de septiembre a la amortización de la totalidad de estas series de participaciones preferentes que fueron verificadas por la CNMV el 19 de julio y el 7 de septiembre de 2004.

La ley ve las participaciones preferentes como recursos propios de las entidades de crédito que refuerzan su solvencia y sus ratios de capital y que, en un momento dado, podrían llegar a enjugar las pérdidas que pudiesen registrarse.

Por otra parte, Santander culminó el pasado 1 de julio la colocación de 2.000 millones de euros en participaciones preferentes, realizada a través de Santander Finance Capital, a un tipo del 5,75% el primer año y del 4,75% el segundo.

La emisión se realizó a plazo "perpetuo", con la posibilidad de que el emisor amortice sus participaciones anticipadamente una vez transcurridos cinco años, lo que suele ser la práctica habitual en el caso del banco cántabro, tal y como pone de manifiesto la amortización prevista para las participaciones verificadas en 2004.

El organismo que preside Julio Segura ha realizado diversas advertencias sobre las inversiones en participaciones preferentes, como que están sujetas a riesgos específicos y son un producto complejo que no se amortiza si el emisor no lo decide así.

La CNMV indica, por una parte, que las participaciones preferentes no constituyen un depósito bancario, por lo que no están respaldadas por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), y, por otra, que el adjetivo de 'preferente' que la ley otorga a estas emisiones "no significa que sus titulares tengan condición de acreedores privilegiados".

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