La CNMV precisa qué hechos son relevantes
Las cotizadas tendrán un portavoz ante el supervisor.
Una vez haya entrado en vigor la circular sobre comunicación de información relevante, las cotizadas ya no tendrán excusas. El borrador, que será sometido a consulta hasta el próximo 15 de septiembre, detalla 30 supuestos que, en principio, obligan a publicar la información de forma inmediata a través de la página web de la CNMV. También establece la obligación de que las compañías nombren un interlocutor ante el supervisor.
Con esta norma, el organismo presidido por Julio Segura desarrolla la Orden Ministerial que entró en vigor el pasado 3 de junio y que establecía los criterios generales para definir qué información es relevante.
La Ley del Mercado de Valores ya establecía la obligación de difundir públicamente cualquier dato que "pudiera influir de forma sensible en la cotización", pero con estas dos nuevas normas se da una nueva vuelta de tuerca a las responsabilidades de las cotizadas. El objetivo es que el mercado disponga en todo momento de la información relevante y "con un contenido cierto, completo, claro, concreto y cuantificado".
El borrador elimina la posibilidad de que las empresas publiquen "otras comunicaciones"
Una de las principales novedades del borrador es que desaparece la capacidad de publicar "otras comunicaciones". Las empresas utilizan esta denominación para informar de cualquier cuestión que pretendan destacar, aunque sea irrelevante, o como una vía para mitigar una información negativa.
Si finalmente la circular se aprueba tal y como está, sólo los hechos relevantes podrán publicarse través de la página web de la CNMV. Sin embargo, una portavoz del organismo puntualiza que el borrador puede ser modificado en función de los comentarios recibidos.
Las comunicaciones habrán de incluir un resumen con los datos más significativos y se evitarán los "usos genéricos, imprecisiones o rodeos".
Los 30 supuestos no son excluyentes: "El hecho de que no figure en la relación no significa que no pueda ser información relevante y, por el contrario, que esté incluido no significa que siempre tenga tal consideración", se indica en el borrador.
En cualquier caso, cuando la información pueda "perturbar el normal desarrollo de las operaciones sobre los valores del emisor o poner en peligro la protección de los inversores" (por ejemplo, la solicitud de concurso de acreedores), las cotizadas habrán de informar a la CNMV antes de su publicación.
Otra de las figuras que recoge la circular es la del interlocutor autorizado, que tendrá que responder de forma efectiva y con la suficiente celeridad a las consultas o peticiones de información relacionadas con la difusión de la información relevante. Cada empresa designará uno, que estará localizable desde una hora antes de la apertura del mercado y hasta dos horas después del cierre.
La información que debe comunicarse
Para que no haya dudas, el borrador de la circular incluye 30 supuestos de información que, en principio, ha de considerarse relevante y que, por lo tanto, ha de comunicarse a través de la página web de la CNMV.1. Acuerdos estratégicos.2. Transformaciones, fusiones o escisiones.3. Cualquiera de las causas de disolución.4. Solicitud de concurso de acreedores y evolución del proceso.5. Resolución de demandas judiciales.6. Oferta pública de adquisición de valores.7. Acuerdos de modificación del capital social.8. Pactos parasociales o que supongan un cambio en el control.9. Programas de recompra de acciones, operaciones de bloques, estabilización, contratos de liquidez y contratos de contrapartida.10. Política y pagos de dividendos.11. Adquisiciones o ventas de participaciones significativas en otras empresas.12. Cambios en la política de inversión.13. Cambios en áreas de negocio estratégicas y líneas de producto.14. Operaciones de deuda o derivados convertibles o canjeables en capital.15. Emisión, modificación, amortización y vencimiento de instrumentos financieros.16. Concesiones, renovaciones, cancelaciones o novaciones de préstamos y créditos.17. Avance de resultados.18. Alteraciones en la cifra de negocio y resultados atípicos.19. Cambios en la valoración de activos y pasivos.20. Insolvencia de deudores o proveedores.21. Reformulación de cuentas anuales, salvedades establecidas en el informe de auditoría.22. Cambios en el nombramiento del auditor.23. Cambios en el consejo de administración y las comisiones de control.24. Admisiones, suspensiones y exclusiones de cotización.25. Ratings crediticios.26. Difusión de estimaciones, proyecciones y sus desviaciones.27. Responsabilidades por impactos medioambientales.28. Carteras de pedidos y contratos de aprovisionamiento.29. Nuevas licencias, patentes y marcas.30. Cambios de escrituras y contratos de los fondos de titulización.