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Sentencia

El tribunal absuelve a César Alierta por el 'caso Tabacalera'

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a César Alierta, presidente de Telefónica, del delito de uso de información privilegiada en la compraventa de acciones de Tabacalera cuando él era el máximo ejecutivo. La sala considera acreditado que Alierta y su sobrino "participaron en el hecho imputado", aunque éste ha prescrito, según la sentencia.

Después de tres meses de deliberaciones, el tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid presidido por Manuela Carmena ha absuelto a César Alierta y a su sobrino, Luis Javier Placer, del delito de uso de información privilegiada en la compraventa de acciones de Tabacalera. Los magistrados creen que el delito ha prescrito, ya que su consumación se produjo el día de "la última venta de las acciones ... que determinaron el beneficio total ahora considerado ilícito: el día 27 de febrero de 1998", señala la sentencia, hecha pública a mediodía del viernes.

Los acusados fueron imputados cinco años después de esta fecha, lo que determina, en este caso y al no apreciar el tribunal el subtipo agravado, la prescripción del delito. A juicio de los magistrados, pese a que la asociación Auge presentó su querella el día 22 de noviembre de 2002, por diversas causas el proceso no se abrió hasta junio o septiembre de 2003, fecha desde la que debe contar la prescripción.

"Por consecuencia de ello procede la absolución de Cesáreo Alierta Izuel y Luis Javier Placer Mendoza", dice la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida. Telefónica no quiso hacer declaraciones el viernes, pero fuentes cercanas a la compañía señalan que podría decidir abandonar el caso. Es posible, sin embargo, que la Fiscalía recurra.

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El tribunal considera acreditado "a la vista de la prueba practicada" que Alierta y Placer "participaron en el hecho imputado".

"Cesáreo Alierta Izuel, conocedor del funcionamiento de la Bolsa y de la política de expansión de Tabacalera, entendiendo que la noticia de la adquisición de la tabaquera antes mencionada iba a tener repercusión en el precio de las acciones de la sociedad, se puso de acuerdo con Luis Javier Placer Mendoza para que, apareciendo este último como único interviniente de la operación ... pareciera que fuese Luis Javier Placer Mendoza quien llevara a cabo determinada inversión respecto de la que se sabía, por el conocimiento de las vicisitudes de la negociación, que iba a ser manifiestamente rentable", dice la sentencia. Alierta "ideó la forma de aprovechar el conocimiento de determinados datos sustanciales relativos al mercado bursátil, a las operaciones que se iban a realizar y a la repercusión que tales hechos fueran a tener en el desenvolvimiento del mercado de valores para obtener, de ese modo, una ventaja patrimonial considerable", añade el fallo.

"En conclusión, en la conducta realizada por Cesáreo Alierta Izuel y Luis Javier Placer Mendoza habrían de configurar los elementos del delito -tipo básico del artículo 285 del Código Penal- de uso de información privilegiada", dicen los magistrados.

La Fiscalía Anticorrupción había pedido cuatro años y medio de cárcel para el presidente de Telefónica y su sobrino. Ambos se declararon en todo momento inocentes de los cargos.

Sentencia pionera

La sentencia dada a conocer el viernes por la Audiencia Provincial de Madrid sobre el caso Tabacalera es pionera porque por primera vez aborda en profundidad las características del delito de información privilegiada por el que se ha juzgado al presidente de Telefónica, César Alierta, informa Efe. La propia sentencia reconoce la complejidad del asunto y resuelve "los múltiples problemas que presenta" el delito de información privilegiada tras un exhaustivo análisis de las diferentes posturas mostradas por catedráticos de peso.

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