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Fiscalidad

Bruselas denuncia a Hacienda por penalizar a quien deja de ser residente

La Comisión Europea ha denunciado a la Hacienda española al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por dar un trato desfavorable a los miles de contribuyentes que dejan de ser considerados todos los años como residentes en España.

Bruselas ha decidido llevar finalmente a España a los tribunales ante la falta de respuesta del Ministerio de Economía y Hacienda por el trato que da a los que dejan de ser contribuyentes residentes en territorio español. Según la legislación española un contribuyente que decida transferir su residencia al extranjero debe hacer constar los "ingresos no imputados" (los pendientes de gravamen) en su declaración de Hacienda relativa al último ejercicio tributario en el que aún era considerado contribuyente residente.

El objetivo del fisco es gravar "de forma inmediata" estos ingresos, sin esperar a una declaración ordinaria del impuesto, al año siguiente. La Comisión Europea considera que ese gravamen inmediato penaliza a las personas que deciden dejar España, al dispensarles un trato menos favorable que a las personas que permanecen en el país. De esta forma, según el Ejecutivo comunitario, la norma española puede "disuadir" a las personas físicas a ejercer su derecho de libre circulación dentro de todo el territorio común de la UE.

La Comisión se basa en su dictamen en la interpretación realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una sentencia de marzo de 2004 (caso De Lasteyrie du Saillant). También toma como referencia la comunicación de la propia Comisión sobre la imposición de salida, realizada en diciembre de 2006. En el caso Lasteyrie du Saillant, este francés trasladó su residencia desde Francia a Bélgica y se vio perjudicado por la aplicación de plusvalías latentes sobre una sociedad familiar, de la que formaba parte al 25%. Entonces, el tribunal de la UE decretó que la libertad de establecimiento prima sobre la fijación de un régimen de imposición de plusvalías latentes por parte de un Estado, aunque el objetivo de éste sea el de prevenir el riesgo de evasión fiscal.

El Ministerio de Economía y Hacienda rechaza esta argumentación. Y avisa que una vez que el contribuyente pierde la condición de residente desaparece todo punto de conexión con la Hacienda española. "Incluso es probable que la Administración española ni siquiera conozca el Estado en el que residirá el contribuyente. En estas circunstancias, la probabilidad de que se liquiden y recauden las deudas pendientes sin establecer algún mecanismo de garantía es muy reducida y en caso de que, finalmente, se consigan recaudar, sería a costa de unos gastos administrativos manifiestamente desproporcionados", indican a Cinco Días en fuentes de Hacienda.

Además, el fisco entiende que la sentencia francesa no es aplicable por cuanto habla de plusvalías latentes mientras que en el caso español los beneficios o rendimientos ya se han producido. Aunque la Agencia Tributaria no dispone de una estadística oficial del número de contribuyentes que dejan de ser residentes en el país, fuentes de la administración indican que la cifra varía en varios miles todos los años. De esta forma, si Hacienda y Bruselas no llegan a ningún acuerdo previo, la cuestión se decidirá en los tribunales, donde la denuncia ya está interpuesta.

Cambios en el trato de las rentas brutas

La Agencia Tributaria y la Comisión Europea han mantenido en los dos últimos años varias disputas en materia de fiscalidad de no residentes en relación con los contribuyentes que sí residen en territorio nacional. La penúltima de ellas y que se ha saldado con una "paz fiscal" entre ambas administraciones se refiere a la forma de tributación de las rentas generadas por los no residentes en España. Tras la presión de Bruselas, bajo amenaza de llevar el caso a los tribunales (como ha hecho ahora con los contribuyentes que dejan de ser residentes), la Hacienda española ha decidido variar la legislación para permitir a los contribuyentes residentes en otro Estado de la UE declarar las rentas que obtengan en España en "términos netos" y no brutos. Hoy por hoy, los no residentes deben tributar como norma general por su renta bruta, permitiéndoseles deducirse sólo determinados gastos de personal y de aprovisionamiento. Este cambio de norma, que está aún en fase de borrador, permitirá a los no residentes aplicarse todos los gastos deducibles incluidos en la ley ordinaria del IRPF.Por otra parte, Hacienda ha decidido también eliminar la retención a los fondos de pensiones extranjeros, a petición también de la Comisión Europea. En la actualidad la renta de los fondos de pensiones residentes está exenta y dichos fondos pueden solicitar la devolución de cualquier retención a cuenta que España aplique a los dividendos que reciben. En cambio, la Hacienda española impone una retención a cuenta del 18% a los intereses y dividendos pagados en España a los fondos de pensiones establecidos en otro lugar de la UE.

La cifra

6.518 millones de euros recaudó Hacienda el año pasado por sus actividades de control del fraude.

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