La CNMV reclama una revisión de las normas sobre los fondos inmobiliarios
La CNMV considera que es necesario modificar la normativa sobre fondos inmobiliarios para evitar que se produzcan "situaciones difíciles de gestionar en fondos con un elevado número de partícipes".
El presidente de la CNMV, Julio Segura, afirma que sería conveniente revisar algunos puntos de la legislación de los fondos inmobiliarios. Segura se refiere al artículo 38.3 de la normativa, en el que se recoge que en la liquidación de un fondo se obliga "a la inscripción en el Registro de la Propiedad, a favor de todos los partícipes, de los inmuebles cuya enajenación no haya resultado posible en el plazo de dos años". En una entrevista concedida a la revista Escritura Pública, Segura afirma que este aspecto puede desembocar en situaciones "difíciles de gestionar en fondos con un elevado número de partícipes".
Recuerda que es la entidad gestora la encargada de decidir cuál es la estrategia más adecuada para hacer frente a situaciones de solicitudes de reembolso masivas de un fondo, "en un contexto de falta de liquidez del mercado, como las que se han presentado en algunos fondos inmobiliarios".
En España, Santander e Inverseguros han suspendido el reembolso de sus fondos inmobiliarios durante dos años, mientras que Sabadell ha realizado una tasación extraordinaria de los activos de su fondo y BBVA decidió adquirir el suyo.
El presidente de la CNMV añade que "la suspensión de reembolsos o la liquidación de un fondo son dos procedimientos administrativos distintos. El primero requiere autorización expresa por parte de la CNMV, mientras que en el segundo basta con la comunicación del acuerdo al organismo supervisor como hecho relevante".
Segura señala que la emisión de deuda y su comercialización entre inversores minoristas es una de las áreas a las que la CNMV está dedicando especial atención.