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Fiscalidad

Las operaciones intragrupo no se detallarán al fisco hasta 2010

El modelo 200 de la declaración del impuesto de sociedades que las empresas deberán presentar en junio incluye un apartado que insta a detallar las operaciones vinculadas. Sin embargo, sólo deberá rellenarse a partir del próximo año y afectará a empresas cuyas operaciones intragrupo sumen en total más de 100.000 euros anuales

En las próximas semanas el BOE publicará la orden ministerial que aprueba el nuevo modelo 200 del impuesto de sociedades -que sustituye y aúna los formularios 200 y 201- y que insta a detallar las operaciones vinculadas, es decir, los intercambios comerciales entre empresas de un mismo grupo empresarial.

Sin embargo, y en contra de lo que se ha venido especulando en el último mes, la orden ministerial especifica que esas obligaciones relacionadas con las operaciones vinculadas que aparecen en el nuevo formulario no deberán cumplimentarse hasta la declaración de 2010, según confirmaron fuentes de la administración tributaria a CincoDías.

Por otra parte, la orden ministerial -que desde la semana pasada está siendo revisada por la Secretaría General Técnica de Hacienda- exime a las pymes de rellenar el apartado dedicado a las operaciones intragrupo. Lo mismo sucede para aquellas compañías cuyas operaciones vinculadas a lo largo del último año no suman más de 100.000 euros.

Desde 2006, las empresas tienen la obligación de justificar que han utilizado precios de mercado en sus operaciones intragrupo. Sin embargo, no fue hasta tres años más tarde, el 19 de febrero de 2009, cuando entró en vigor el reglamento que detalla los requisitos de documentación. Por ello, en las declaraciones del impuesto de sociedades que las empresas presentarán en julio no se obliga aún a rellenar las casillas dedicadas a operaciones vinculadas.

Siendo esto así, ¿por qué el modelo de declaración de este año ya contempla un apartado específico para las operaciones intragrupo? La voluntad de Hacienda es que el formulario 200 se mantenga en el tiempo y, por ello, ya ha incluido las obligaciones que entrarán en vigor en la declaración de 2010. Entonces, sí, las empresas deberán especificar el importe, los métodos de valoración utilizados o el tipo de vinculación en las operaciones intragrupo realizadas a partir del 19 de febrero de 2009.

Francisco de la Torre, secretario general de la Organización de Inspectores de Hacienda (IHE), defiende que era inevitable elaborar un nuevo formulario para incorporar todas los cambios derivados del nuevo Plan General Contable y considera razonable y adecuado el modelo elaborado por Hacienda.

Por otra parte, la Agencia Tributaria pondrá a disposición de todos los sujetos del impuesto de sociedades un programa de ayuda para rellenar el nuevo formulario 200. Hasta ahora, sólo las pequeñas empresas -que presentaban el ya desaparecido modelo 201- contaban con este recurso.

Aviso para quien cierre el año fiscal en marzo

La mayoría de empresas cierra sus cuentas el 30 de diciembre, siguiendo el año natural. Sin embargo, una minoría se desmarca de la norma general. Hay empresas que, por ejemplo, cierran el año fiscal en marzo. En este caso, presentarán la declaración de Sociedades en el mes de noviembre y no en julio como la mayoría. Así, estas compañías deberán incluir ya este año en sus declaraciones las operaciones vinculadas realizadas desde el 19 de febrero -cuando entró en vigor el real decreto que determina las obligaciones de documentación en las operaciones intragrupo- hasta el 31 de marzo. Aunque la norma no se aplica si el volumen de las operaciones no supera los 100.000 euros.

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