Telefónica se enfrenta a una multa por trabar a Vodafone en ADSL
Orange también se sumó a la denuncia en la CMT.
Puede que Telefónica y Vodafone hayan llegado a un acuerdo para compartir parte de sus redes de telefonía móvil en Europa, pero en el resto de los negocios siguen siendo rivales acérrimos. Y cada vez lo son más, porque Vodafone ya no es sólo el principal competidor de Telefónica en España en telefonía celular, sino que ahora también es uno de los más activos en banda ancha.
Es en este campo donde ha tenido lugar la última batalla entre los dos gigantes de las telecomunicaciones. Y ha ganado Vodafone.
El veredicto lo ha dictado la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), a la que Vodafone recurrió ante las presuntas dilaciones de Telefónica para poner en marcha una nueva modalidad de ADSL mayorista requerida por el regulador, denominada naked. Esta innovación permitiría a los rivales vender ofertas empaquetadas de banda ancha y telefonía fija a través de un acceso indirecto en todo el territorio nacional, lo que aumentaría la competencia en las zonas donde los competidores de Telefónica no tienen despliegue propio.
Dilación intencionada
Vodafone fue la primera en denunciar las trabas del ex monopolio, pero pronto se unió Orange. La CMT les ha dado la razón. El regulador considera que Telefónica ha retrasado sin motivo justificado la puesta a disposición de terceros de la nueva modalidad de ADSL y que, además, ha podido hacerlo con la intención de frenar el desarrollo de sus competidores.
Por eso, la CMT fuerza a Telefónica a poner en marcha el nuevo ADSL en un plazo determinado, según la resolución adoptada el día 2. Cualquier retraso conllevará una sanción diaria de 10.000 euros, el máximo permitido por la ley y acorde con los 15.500 euros al día que la CMT considera que Telefónica está obteniendo irregularmente por sus dilaciones.
Pero esta multa diaria puede quedar en nada comparada con las consecuencias de la otra decisión adoptada por la CMT: un procedimiento sancionador contra Telefónica por una presunta 'infracción administrativa calificada como muy grave'. La multa estipulada en estos casos es el 1% de los ingresos obtenidos por la empresa infractora en la rama de actividad afectada o 20 millones.
Telefónica basó su defensa en la imposibilidad técnica de poner en marcha el servicio en el tiempo estipulado. Pero la CMT cree que hay 'indicios suficientes' de que han podido mediar otras pretensiones. El regulador tiene claro que Telefónica no puso todos los recursos necesarios para cumplir la obligación impuesta.
Y no lo hizo, además, en un servicio particularmente sensible para sus intereses. La CMT argumenta que obligó a Telefónica a dar esa nueva modalidad porque se ha demostrado en muchos países europeos su relevancia e impacto en el mercado, ya que permite llegar a todo el territorio nacional con ofertas competitivas. Precisamente por el miedo a esta competencia, la CMT cree que Telefónica retrasó su implantación para frenar a sus rivales y captar ella primero a los clientes.