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Tribunales

El juez declara prescrito el delito de 'Pepe el del Popular' y acuerda su puesta en libertad

Un juzgado de Santander ha ordenado la puesta en libertad de José Pérez Díaz, más conocido como "Pepe el del Popular", tras declarar prescritos los delitos de falsedad y apropiación indebida que se le imputaban desde 1991 por su gestión en una sucursal del Banco Popular. La entidad ha anunciado que va a recurrir la sentencia.

José Pérez Díaz, 'Pepe el del Popular'.
José Pérez Díaz, 'Pepe el del Popular'.Efe

En un auto fechado el pasado 3 de abril, el juez que instruye el caso, Fernando Vegas García, rectifica así la decisión que tomó en febrero del año pasado, cuando Pérez Díaz aún estaba prófugo. En ese momento, declaró extinguida la responsabilidad imputable a la esposa de "Pepe", Esperanza Murillo, pero estableció que los cargos imputados a éste no prescribían hasta el 8 de abril de 2012; es decir, transcurridos 15 años desde que fue declarado en rebeldía.

Pérez Díaz fue detenido el 23 de marzo en Ciudad de México, cuando acudió a la Embajada de EEUU a solicitar un visado para viajar a Chicago a nombre de Roberto García Gómez, la falsa identidad que había adoptado en ese país tras su huida de España. Desde entonces está recluido en la cárcel mexicana de Veracruz.

"Pepe el del Popular" huyó de Santander el 5 de marzo de 1991, poco antes de que el Banco Popular realizara una inspección a la sucursal que dirigía (la número 1 de la capital cántabra), donde su gestión produjo un agujero que la propia entidad cifró en 6.000 millones de pesetas de la época (36 millones de euros).

Rescurso de la entidad

El director de Servicios Jurídicos del Santander, Tomás Pereira, recordó que el auto no es firme y que cuentan con cinco días hábiles para poder presentar un recurso. En caso de que este recurso se desestime, Pereira señaló que, en principio, el banco consideraría "agotadas" todas las vías judiciales.

En 2004, la Audiencia de Cantabria juzgó a las seis personas señaladas por la Fiscalía y el Banco Popular como cómplices del fraude que Pérez Díaz supuestamente perpetró entre 1986 y 1991 en la sucursal que dirigía, de las cuales sólo una fue condenada, el empresario Eduardo Álvarez (un año de prisión).

Un actividad paralela

Esa sentencia no afecta a "Pepe", que entonces se encontraba en busca y captura, como acusado en rebeldía, pero el tribunal declaró probado "fuera de toda duda" que montó "un banco paralelo" en la agencia número 1 del Popular en Santander a través del cual conseguía depósitos millonarios de numerosos clientes.

Pérez Díaz ofrecía a esos clientes depósitos a un interés superior al que manejaba la entidad bancaria y concedía préstamos encubiertos a otras personas, todo ello en operaciones que generalmente se cerraban en su despacho, pero que no quedaban recogidas en la contabilidad oficial del Banco Popular.

Cuando "Pepe" huyó, el banco se vio obligado a pagar a los clientes afectados por el fraude las cantidades que tenían anotadas en cartillas sin mecanizar, no registradas en la contabilidad del banco y a veces sólo identificadas con iniciales.

En un auto notificado ayer a las partes personadas en el caso, el Juzgado de Instrucción número 3 de Santander establece que el plazo de prescripción de los delitos que se imputan a "Pepe" es de diez años, cuando en el auto anterior sostenía que era de 15.

La diferencia estriba en el delito de apropiación indebida. En su decisión anterior, el juez manejaba un plazo de prescripción de 15 años porque entendía que procedía aplicar a "Pepe" la modalidad agravada de este delito, por haber múltiples perjudicados.

Un único afectado, el Popular

Sin embargo, a sugerencia del propio Ministerio Fiscal, el juez instructor ha aceptado ahora que no cabe hablar de múltiples perjudicados, sino sólo de uno: el propio Banco Popular.

"Como alega el Ministerio Fiscal en su informe, pese a que el imputado se apropió de los fondos de más de un centenar de clientes en la sucursal de la que aquel era director, no cabe apreciar la circunstancia de múltiples perjudicados, puesto que sólo ha resultado efectivamente afectado el Banco Popular SA y así lo estableció el Tribunal Supremo en la sentencia dictada en fecha de 26-6-2006 en la presente causa", argumenta el magistrado.

En consecuencia, el juez considera que ya no procede pedir al Gobierno que solicite a México la extradición de Pérez Díaz y ordena que sea puesto en libertad con carácter "inmediato".

Las partes personadas en el caso puede aún apelar esta decisión ante la Audiencia de Cantabria, para lo que disponen de un plazo de diez días.

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