_
_
_
_
Directiva comunitaria

El Gobierno aprueba la nueva regulación sobre servicios de pago en la UE

El Gobierno aprobó hoy el proyecto de Ley de Servicios de Pago para su remisión al Congreso de los Diputados, por el que se transpone la directiva comunitaria de 2007 en esta materia y que permitirá a los usuarios hacer más sencillas las transferencias transfronterizas.

Según señaló la vicepresidenta primera del Gobierno, la norma viene a armonizar una regulación actualmente "fragmentada", de forma que existirá una "zona única" para los servicios de pago, cuya convergencia ha "liderado" España.

El texro determina qué agentes pueden prestar esos servicios y en qué condiciones, y afectará básicamente a transferencias, pagos con tarjeta y adeudos directos, así como a la emisión y adquisición de instrumentos de pago o al envío de dinero.

Entre las ventajas que introduce, se encuentran la posibilidad de utilizar tarjetas de débito desde cualquier Estado de la UE, la opción de operar con una sola cuenta corriente en todo el territorio comunitario o la mayor rapidez en los pagos, pues el beneficiario dispondrá de los fondos, como muy tarde, al día siguiente de la transferencia.

Además, dispondrá de mayores niveles de protección y de mejor información, por ejemplo, sobre reglas de reembolso en caso de transacciones mal ejecutadas. Asimismo, en toda prestación de servicio que no incluya una conversión de divisas, los gastos serán compartidos entre el ordenante y el beneficiario (cláusula 'share'), mientras que actualmente corren de cuenta únicamente del ordenante.

Economía decide qué entidades podrán prestar servicios

Además, la nueva normativa determina que serán las entidades de pago con autorización administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda, con los preceptivos informes del Banco de España y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de prevención del blanqueo de capitales (SEPBLANC), las que podrán llevar a cabo estos servicios.

La normativa determina también los requisitos de capital inicial y recursos propios de estas entidades, las actividades que pueden realizar y los requisitos de garantía previstos para salvaguardar los fondos recibidos.

Además, el proyecto completa el régimen jurídico de las entidades de pago en referencia, entre otras cuestiones, a la contabilidad y la auditoría y al ejercicio de la función supervisora del Banco de España en términos similares a los previstos por la legislación vigente para las entidades de crédito.

Por otro lado, el proyecto de Ley establece un conjunto de obligaciones de información a suministrar gratuitamente a los usuarios, relativas a costes de operaciones, la fecha de recepción de las órdenes de pago o el importe de las operaciones.

Archivado En

_
_