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Fiscalidad

Hacienda aceptará aplazar deuda sin aval hasta los 18.000 euros

Hacienda cedió a las presiones empresariales y ha ampliado de 6.000 euros a 18.000 el límite para aplazar deuda tributaria sin necesidad de presentar ningún aval o garantía. Esta medida servirá para aliviar los problemas de tesorería y abaratar la suspensión temporal de la deuda, un recurso que en 2008 utilizaron 655.000 empresas.

En menos de cinco días, el Gobierno ha puesto en marcha dos medidas para facilitar y abaratar la solicitud de aplazamientos de deuda tributaria. El secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, reveló ayer en Punto Radio que el Ejecutivo ampliará hasta los 18.000 euros el límite para postergar el pago de deuda con Hacienda sin necesidad de presentar garantías o aval. Según Hacienda, en la práctica, ello afecta al 90% de las solicitudes de aplazamiento. Por otra parte, el viernes, el Consejo de Ministros aprobó rebajar del 7% al 5% el interés de demora, que es el tipo que se aplica a la deuda aplazada.

Ambas medidas deben servir para mejorar las deterioradas cuentas de muchas empresas. Una situación que se agravó en el último trimestre. Así, en los dos últimos meses del año anterior, las empresas pidieron aplazar deuda por 4.200 millones. Dicho de otra forma, en noviembre y diciembre se realizaron casi la mitad de solicitudes de moratoria fiscal de todo 2008.

Este aumento exponencial de los retrasos en los pagos a Hacienda se ha mantenido durante los dos primeros meses del año. Sólo en enero y febrero, el importe de las solicitudes de aplazamiento ascendió a 2.166 millones de euros, un 175% más que en el mismo periodo del año anterior.

Por otra parte, Carlos Ocaña aseguró que no es una 'mala idea' permitir a las empresas pagar el IVA una vez cobren sus facturas y, no como sucede ahora, cuando las emitan. Esta es una vieja reclamación de las organizaciones empresariales. En una situación como la actual, donde el riesgo de impago resulta muy elevado, muchas empresas se encuentran que deben abonar un IVA que no han cobrado y que, probablemente tampoco cobrarán.

Pagar el IVA tras cobrar las facturas

Existen pocas posibilidades de que la medida que piden los empresarios se implante porque conlleva muchos problemas técnicos. 'No digo que no estemos dispuestos a estudiar esta propuesta, pero tendría sentido hacerla en la medida en que se hiciera en toda Europa', dijo Ocaña. De momento, el Gobierno ya ha aplicado políticas parciales como reducir de dos años a doce meses la devolución del IVA liquidado y no cobrado. Así, las empresas pueden recuperar antes el IVA que han pagado a Hacienda pero que ellas, por su parte, aún no han cobrado. Una medida que fue bien recibida pero que las empresas consideran insuficiente.

Por otra parte, a partir de hoy, los contribuyentes del IRPF ya pueden confirmar el borrador de la renta. Ocaña aseguró que acelerarán lo máximo posible las devoluciones, que empezarán a realizarse a partir del 16 de abril.

Claves para retrasar el pago de impuestos a la Agencia Tributaria

¿Cuándo una compañía puede pedir un aplazamiento de deuda a Hacienda?En cualquier momento. Incluso después de la fecha límite para realizar un determinado pago tributario. Sin embargo, no se podrá reclamar ninguna moratoria cuando Hacienda ya haya notificado la enajenación de bienes embargados a la empresa deudora.¿Qué coste tiene para la empresa aplazar deuda?Se aplica el tipo de interés de demora que el Gobierno ha rebajado del 7% al 5%.¿Se puede postergar cualquier tipo de deuda?Según la Ley General Tributaria, prácticamente se puede solicitar el aplazamiento de cualquier tipo de deuda con Hacienda. Las empresas suelen pedir moratorias en el pago del IVA y Sociedades. Hacienda es más restrictiva a la hora de aceptar aplazamientos en las retenciones del IRPF aunque Economía asegura que ahora está siendo más flexible.¿Qué datos se deben aportar para solicitar el aplazamiento?Las empresas deben presentar toda documentación que sirva para justificar económicamente la petición de postergar la deuda. Además, deben proponer el periodo de aplazamiento y los plazos de amortización y, si es preciso, acompañar la solicitud del correspondiente aval.¿Qué contempla Hacienda para denegar o aceptar una solicitud?En primer lugar, la Administración comprueba que, efectivamente, la empresa presenta problemas reales de tesorería. Comprueban el historial fiscal de la empresa, es decir, que no tenga deudas pendientes y, por último, estudia que los problemas de liquidez que sufre la empresa sean reversibles. En cualquier caso, la Administración asegura que con la situación actual será más flexible.

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