El Supremo impide a los hoteles emitir obras sin el aval expreso de Egeda
El Supremo ha dictado una sentencia que prohíbe a los hoteles emitir obras y grabaciones sin la autorización expresa de Egeda (entidad de gestión de derechos de los productores audiovisuales). El fallo dirime un recurso de casación interpuesto por la entidad de gestión contra una sentencia anterior que desestimó la pretensión de ésta de cobrar un canon por emisión a un hotel de Marbella. Ahora el Supremo obliga al hotel a indemnizar a Egeda por lo no cobrado desde 1998 y fija su doctrina en que la instalación de televisores en las habitaciones es un acto de comunicación pública y no privada como decía el hotel y debe pagarse por ello. Este tribunal ha dictado otra sentencia sobre un enfrentamiento de la SGAE con Vale Music. Para el Supremo, la imposición por una sociedad de gestión de tarifas discriminatorias para los productores individuales frente a los asociados conculca el mandato de la ley de propiedad intelectual y determina la nulidad de las cláusulas contractuales.