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Sentencia

Un juzgado condena al Barça a pagar más de 57 millones de euros a Sogecable

El Juzgado de Primera Instancia número 47 de Barcelona ha condenado al Fútbol Club Barcelona a pagar más de 57 millones a Sogecable 'de conformidad con los contratos de 12 de junio de 1999 y 15 de octubre de 2003', que concedían a la empresa todos los ingresos derivados de la participación de todas las secciones deportivas del Barcelona en las competiciones internacionales a cambio de una retribución fija, desde la temporada 2003-2004 a la 2007-2008, ambas inclusive.

El juzgado declara que el club 'tiene la obligación de satisfacer a Sogecable la totalidad de las percepciones económicas que reciba de la UEFA y de los correspondientes estamentos o entidades que organizan la Liga europea o Copa europea de baloncesto, balonmano y hockey por todos los conceptos' de su participación en las competiciones internacionales, más el IVA. Así, el Barcelona deberá pagar a Sogecable 49,3 millones más el 16% de IVA, lo que suma 57,2 millones, a los que se deberán añadir los intereses.

En 1999, el Barcelona suscribió un contrato con Telefónica (heredado parcialmente por Sogecable en octubre de 2003 tras la integración de Vía Digital) por el cual el club cedía en exclusiva a Telefónica los derechos de explotación de la imagen televisiva y audiovisual de los partidos que disputaran sus secciones deportivas hasta la temporada 2007-2008 en las competiciones de carácter europeo e internacional. Como contraprestación, el Barcelona recibiría una retribución fija, más una variable según los resultados deportivos.

En caso de que los derechos audiovisuales tuvieran que ser cedidos a las entidades organizadoras, como a la UEFA con la Champions League, el club se comprometió a pagar la totalidad de las retribuciones que percibiera de este organismo por cualquier concepto. Era una fórmula por parte del Barcelona de asegurarse unos ingresos fijos por sus competiciones internacionales independientemente de su clasificación. Pero cuando las cuentas comenzaron a ser favorables a Sogecable, el club alegó que sólo debía pagar parte y no todos los ingresos recibidos de la UEFA, como se había comprometido, lo que rechaza la sentencia.

El importe aumentará en 27,5 millones

La sentencia estima además que a los 57,2 millones que el Barcelona deberá pagar a Sogecable habrá de sumarse el importe recibido de la UEFA por la participación del club en la Champions League de la temporada 2007-2008 más sus correspondientes intereses. La sentencia no determina la cantidad exacta por ser posterior a la demanda que presentó Sogecable. Pero la revista oficial de la UEFA, Season Review, ya ha publicado que los pagos realizados por esta entidad al Barcelona por la temporada 2007-2008 ascienden a 27,5 millones, sin IVA. Así, el total de lo que el club deberá pagar asciende a 84,5 millones más intereses e IVA. La sentencia puede recurrirse, pero permite la ejecución provisional de la misma y condena al Barcelona a pagar las costas.

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