Primer año sin impuesto de patrimonio y con devoluciones mensuales de IVA
El año que empieza llega con notables novedades fiscales. La mayoría de ellas ideadas para contrarrestar la crisis económica y crediticia que azota a la economía española, ya en recesión. La devolución mensual de IVA y la eliminación del impuesto de patrimonio son sólo algunos de los importantes cambios que entran ahora en vigor.
A principios de 2008, todo indicaba que sería un año sin demasiados cambios fiscales. Sin embargo, el agravamiento de la crisis ha llevado al Gobierno español, a semejanza del resto de Ejecutivos europeos, a recurrir intensamente a las políticas fiscales para modificar el rumbo de una economía en claro retroceso. Todas las medidas tiene un punto en común. Su objetivo últimos es mejorar la liquidez.
Devolución mensual de IVA. Las empresas podrán reclamar a partir de este mes la devolución mensual de IVA. Para ello deberán darse de alta en un registro de la Agencia Tributaria. El Gobierno prevé que unas 400.000 empresas, una tercera parte de las sociedades que tienen derecho a devolución opten por esta vía. Si las previsiones se cumplen, Hacienda adelantará unos 6.000 millones de euros.
El patrimonio deja de tributar. Nació como un impuesto temporal que se ha mantenido 30 años. Finalmente, a partir del próximo año ningún contribuyente pagará el impuesto de patrimonio. Las comunidades dejarán de ingresar 1.800 millones de euros que el Gobierno central ya ha anunciado que compensará.
La libertad de amortización permitirá reducir la base imponible del impuesto de sociedades
Los 400 euros no caducan. La rebaja fiscal de 400 euros para asalariados, pensionistas y autónomos se mantiene para el próximo año. La medida con la que el PSOE se presentó y ganó las elecciones se aplica a través de una deducción en las retenciones del IRPF que las empresas realizan en las nóminas de sus empleados.
Libertad de amortización. Las compañías tendrán libertad para amortizar los activos nuevos que se adquieran en 2009 y 2010 con la única condición que las empresas mantengan durante dos años su plantilla de trabajadores. Ello permitirá que puedan imputar mayores gastos en el impuesto de sociedades y, por tanto, reducir la base imponible y pagar menos a Hacienda por los beneficios empresariales.
Iva repercutido y no cobrado. El Gobierno aprobó reducir de dos años a doce meses la devolución del IVA liquidado y no cobrado. En estos momentos en que las posibilidades de no cobrar aumentan, esta medida servirá para que las empresas puedan recuperar antes el IVA que han pagado a Hacienda pero que ellas, por su parte, aún no han cobrado.
El nuevo PGC. Cuando el Gobierno aprobó el nuevo Plan General Contable aseguró que sería fiscalmente neutral. Es decir, que no supondría ni un aumento ni un descenso de la base imponible del impuesto de sociedades respecto a la anterior contabilidad. No fue así. Para paliarlo, Hacienda permitirá que el posible coste fiscal derivado del nuevo plan se pueda abonar durante los próximos tres años.
Las pérdidas de las filiales. Con el nuevo Plan General Contable las empresas no pueden reducir la base imponible en el impuesto de sociedades con las pérdidas de sus filiales extranjeras. Antes de la entrada en vigor del nuevo plan, ésta era un práctica común. El Gobierno ha dado marcha atrás y permitirá reducir la base imponible del impuesto sobre sociedades con los números rojos de las filiales, independientemente de que aparezcan o no en la contabilidad. Esta medida beneficia especialmente a las grandes compañías.
Congelación tarifas. Por segundo año consecutivo el Gobierno congeló las tarifas para aquellos autónomos que pagan el IRPF a través del sistema de módulos. Al no actualizar las tarifas con la inflación, la medida equivale a una rebaja fiscal. Unos dos millones de autónomos se beneficiarán de esta política.
Menos retención en el IRPF. Los asalariados con ingresos inferiores a 33.000 euros que se aplican la deducción por adquisición de vivienda habitual en el IRPF podrán reducir en dos puntos sus retenciones. En el caso de los autónomos, la reducción ascenderá al 2% de sus rendimientos en los pagos fraccionados. Los interesados deberán solicitar la rebaja a su empresa.
La cuenta vivienda más atractiva. Se amplía el plazo para adquirir una casa hasta el 31 de diciembre de 2010 para aquello titulares de cuentas vivienda cuyo plazo de cuatro años expire en 2008, 2009 y 2010. El atractivo de la cuenta-vivienda es que las aportaciones tienen derecho a una desgravación fiscal. Aunque, durante el periodo extra, el dinero que se aporte no tendrá ese privilegio.
Atención a la normativa autonómica
El vicepresidente del Gobierno, Pedro Solbes, aseguró que el Ejecutivo no planteaba grandes modificaciones fiscales para el próximo año. Sin embargo, los cambios podrían llegar de las comunidades autónomas si, finalmente, se aprueba el nuevo modelo de financiación que propuso el Gobierno el pasado martes.El Ejecutivo prevé que las comunidades puedan modificar el número de tramos en la escala autonómica del IRPF. Ello supone una importante novedad, ya que hasta ahora la capacidad normativa era marginal. Si bien los posibles cambios que se introduzcan el próximo año entrarían en vigor en 2010 -cuando se realiza la campaña de la renta de 2009- los ciudadanos deberán estar atentos para sacar el mayor partido de las previsibles reformas autonómicas en el IRPF. Si las comunidades hacen uso de su capacidad para modificar el número de tramos del IRPF -que actualmente son cuatro-, las diferencias entre lo que paga un asalariado en una región y en otra variarán significativamente. Aun así, las comunidades están obligadas a mantener el principio de progresividad.La propuesta del Gobierno también incluye la posibilidad de que las regiones modifiquen los mínimos personales y familiares, aunque siempre dentro de un margen marcado por el Ejecutivo central. Por otra parte, también tendrán competencia para establecer deducciones de la cuota en caso de adquisición o alquiler de vivienda.