La tarifa eléctrica se limitará a los pequeños consumidores
El Ministerio de Industria ha remitido a la Comisión Nacional de la Energía el borrador del real decreto que regula el suministro de electricidad de último recurso. Según dicho borrador, sólo podrán acogerse a las tarifas de último recurso (las llamadas TUR, que son las únicas que sobrevivirán) los consumidores conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 15 kW. Se adelanta así el calendario establecido en la Ley del Sector Eléctrico y se reduce la potencia prevista, según una nota remitida ayer por el ministerio
De esta manera, los consumidores que están conectadas en baja tensión pero por encima de 15 kW se quedarán sin tarifa y tendrán que adquirir la energía en el mercado liberalizado.
La comercialización de último recurso la llevarán a cabo los comercializadores de último recurso (cuya figura coincide con los distribuidoras de la zona), que están obligados a suministrar a los consumidores de baja tensión a un precio máximo. Sobre estos precios máximos, los propios comercializadores podrán ofrecer descuentos a los clientes. Estos comercializadores deberán llevar a cabo la actividad con separación de cuentas, diferenciándola de la actividad de comercialización sin obligaciones.
Hasta la implantación de la TUR se establece un periodo de seis meses, desde el 1 de enero de 2009, durante el cual se mantiene el actual suministro a tarifa por parte de las empresas distribuidoras. A partir de esa fecha, los consumidores a quienes se aplique el suministro de último recurso deberán optar por la comercializadora que desean que les suministre.
Información
En el primer semestre de 2009 las distribuidoras deberán informar a los clientes de los suministradores de último recurso están disponibles, tanto los de su grupo como los competidores. El real decreto fija el método para calcular las tarifas, que serán aditivas.