La CNC ve posibles obstáculos en la fusión Gas Natural-Fenosa
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha anunciado la apertura de la segunda fase del procedimiento de control de concentraciones sobre la fusión entre Gas Natural y Unión Fenosa.
El organismo que preside Luis Berenguer cree que es preciso un análisis en profundidad de la operación 'a la vista de los posibles obstáculos para el mantenimiento de la competencia efectiva en los mercados energéticos de la electricidad y del gas natural en España'.
El informe en primera fase de la CNC concluye que la entidad resultante se fortalece como primer operador del sector del gas en España 'y adquiriría y reforzaría la tercera posición de Unión Fenosa en el sector de la electricidad'.
La CNC cree que la operación conllevaría la desaparición como operadores independientes de Unión Fenosa en el sector del gas y de Gas Natural en el de la electricidad. Además, la entidad resultante adquiriría vínculos estructurales con los principales operadores de los mercados energéticos españoles y 'todo ello podría tener efectos negativos sobre la competencia efectiva, dadas las barreras a la entrada existentes y a la interrelaciones existentes entre los mercados gasístico y eléctrico'.
Gas Natural quiso restar importancia a la apertura de la segunda fase ya que 'forma parte del procedimiento habitual' y aseguró que ya tenía contemplado el pase a la fase dos del expediente, 'tal y como el consejero delegado de la compañía, Rafael Villaseca, comentó el pasado martes durante la presentación de resultados al mercado'.
La apertura de la segunda fase supone, al menos, una duda por parte de las autoridades de competencia y durante un periodo máximo de dos meses la CNC debe realizar un análisis más detallado, con participación de terceros interesados para adoptar la resolución final. æpermil;sta puede concluir con la prohibición de la operación, con la imposición de condiciones o con la presentación de compromisos de los notificantes para resolver los posibles problemas de competencia.
La ley prevé que si la CNC prohíbe o subordina a condiciones la operación, el Ministerio de Economía disponga de 15 días para elevar la concentración al Consejo de Ministros, que podrá autorizar con o sin condiciones la operación.