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Seguridad

El Gobierno prohibirá los anuncios que limiten la libertad del consumidor

El Consejo de Ministros ha abordado en su reunión de hoy el informe elaborado conjuntamente por los Ministerios de Sanidad y Consumo, Justicia, Economía y Hacienda, e Industria, Turismo y Comercio sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal para incrementar la seguridad de los consumidores y entre cuyas novedades destaca la prohibición de aquellas actuaciones de publicidad que coarten "la libertad de elección o conducta de los consumidores en relación al bien o servicio que se oferte".

Este anteproyecto es el primer paso para transponer una Directiva comunitaria del Parlamento Europeo, relativa a prácticas comerciales desleales, tal y como adelantó el Ministro de Sanidad y Consumo cuando anunció hace unas semanas las actuaciones de su Departamento en contra del conocido como spam telefónico.

Según el Gobierno, el spam telefónico o la realización de propuestas comerciales no solicitadas y reiteradas por teléfono u otros medios de comunicación son unas de las prácticas que en el Anteproyecto de Ley se consideran desleales y, por tanto, perseguibles.

De su lado, el Ejecutivo defiende que, "además de aumentar la seguridad de los consumidores, el proyecto legislativo pretende proporcionar seguridad jurídica a las empresas que compiten legítimamente en el mercado frente a todas aquellas que realizan prácticas contrarias a la buena fe, carentes de diligencia profesional y que distorsionen de manera significativa el comportamiento económico del consumidor".

En este sentido, el texto considera que pueden alterar el comportamiento económico de los consumidores las conductas engañosas que contengan información falsa o que, aún siendo veraz, por su contenido o presentación pueda inducir a error a los destinatarios; por ejemplo, en cuestiones como la asistencia postventa o el tratamiento de las reclamaciones.

Para combatir todo este tipo de prácticas, el Gobierno introducirá la posibilidad de emprender acciones de cesación del acto o prohibición, de rectificación y de resarcimiento de daños, entre otras, por parte de los afectados y las autoridades competentes.

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