La CNMV alerta del cobro de comisiones en las opas
La Comisión Nacional del Mercado de valores ha detectado malas prácticas por parte de algunas entidades depositarias en casos de venta forzosa de acciones en procesos de opa. El supervisor ha emitido una nota aclaratoria sobre el cobro de comisiones asociadas a este tipo de operaciones.
La nota recuerda a los depositarios que cuando se produce la venta forzosa de acciones en una opa sobre la totalidad del capital de una compañía, los gastos de la compraventa de acciones o canje y liquidación de valores son por cuenta del oferente.
'Por lo tanto, las comisiones que deriven de la operación y su liquidación, según dispone la normativa aplicable y lo recogido en los folletos correspondientes, no deben ser soportados por los accionistas vendedores, sino por el oferente'. La CNMV se refiere al Real Decreto 1066/2007 sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores, que confiere el derecho a una sociedad que ha lanzado una opa sobre el 100% de otra a exigir la venta forzosa de los títulos a los accionistas que no hayan acudido a la oferta, una vez liquidada.
La CNMV especifica que el oferente correrá con los corretajes derivados de la intervención de los miembros del mercado, los cánones de contratación de las Bolsas, los de liquidación de Iberclear y otros gastos relacionados con la tramitación, ejecución y liquidación de la operación que los intermediarios financieros puedan exigir por los servicios prestados a sus clientes.
Depositarios
La CNMV especifica que el oferente no está obligado a asumir las comisiones por administración o custodia de valores que las entidades depositarias puedan cargar a sus clientes, al no ser gastos derivados de la compraventa, canje o liquidación de valores.