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Eléctricas

EDF tendrá que hacer públicas sus intenciones respecto a Iberdrola por decisión judicial

La francesa EDF tendrá que hacer públicas sus intenciones respecto a Iberdrola después de que el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao haya desestimado el recurso de reposición frente al auto que acordaba materializar la ejecución de las medidas cautelares adoptadas contra la sociedad francesa y ordenaba que hiciera públicos sus planes de desembarco en la firma vasca.

Según se recoge en una resolución hecha pública hoy, el juzgado admitió a trámite el recurso frente a su decisión de hacer efectiva las medidas cautelares, una vez resuelta la oposición de la empresa EDF.

La impugnación, presentada por la compañía gala, fue recurrida por Iberdrola y el Ministerio Fiscal, que defendieron la competencia del juzgado para mantener las medidas que exigían hacer públicas sus intenciones con respecto a la empresa eléctrica vasca.

La resolución judicial considera que no se ha vulnerado el Reglamento de la Unión Europea nº 44/2001, denominado Bruselas I, puesto que se considera que ha de tratarse con ¢independencia la competencia para dictar resoluciones y el sistema para que sean reconocidas y ejecutadas fuera de la jurisdicción del estado del dictado¢.

El juzgado afirma que una cosa es que las medidas cautelares necesiten de 'exequatur', es decir, validación judicial de un tribunal de otro país para ejecutarse, y otra ¢que no puedan dictarse con independencia de que sean ejecutables o no¢.

Por último, sostiene que dispone de competencia para actuar como lo ha hecho, al considerar que los efectos de los actos de competencia desleal que Iberdrola atribuye a EDF tienen efecto en España y en la demarcación del Tribunal, Vizcaya, puesto que la sede social de la empresa se encuentra en el territorio histórico. Por estas causas, estima que Juzgado de lo Mercantil de Bilbao está habilitado legalmente para actuar como lo hizo.

La resolución, contra la que no cabe recurso, no condena en costas a ninguna de las partes al reconocer que sobre esta cuestión existen serias dudas jurídicas que justifican que ninguno de los litigantes tenga que hacerse cargo de ellas.

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