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La CNC abre expediente a los convenios de 'call center' y de empresas de seguridad

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) anunció ayer la apertura de expedientes sancionadores a varias organizaciones empresariales y sindicales por incluir entre las cláusulas de sus convenios colectivos ofertas comerciales y precios de servicio.

El organismo de competencia que preside Luis Berenguer anunció ayer la apertura de expedientes sancionadores a la Asociación de Contact Center Española (ACE) y a las organizaciones sindicales Comfia-CC OO (Federación de servicios administrativos y financieros de Comisiones Obreras) y FES-UGT (Federación de servicios de Unión General de Trabajadores) por un lado, y a las asociaciones empresariales Aproser (Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad de España), Fes (Federación Empresarial Española de Seguridad), Ampes (Asociación de Medios, Profesionales y Empresas de Seguridad) y Acaes (Asociación Catalana de Empresas de Seguridad) y las centrales sindicales UGT y Unión Sindical Obrera (USO).

De acuerdo con la CNC, la Dirección de Investigación del organismo ha detectado que existen 'indicios racionales de conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia' en los convenios colectivos de ambos sectores al haber incluido en ellos cuestiones relacionadas con las condiciones de empleo y las relaciones de los trabajadores con los empresarios, como cláusulas sobre precios de servicios y ofertas comerciales que las empresas afectadas por ellos deben aplicar a sus clientes.

La CNC explica que el establecimiento de ese tipo de cláusulas constituye una conducta 'susceptible de enmarcarse dentro de las prácticas anticompetitivas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia consistentes en acuerdos de fijación de precios entre competidores al afectar a las empresas cubiertas por el convenio'.

La Comisión de la Competencia, que aclara que la apertura del expediente no prejuzga la resolución final, recuerda que además de estas investigaciones sobre convenios colectivos que son de ámbito nacional, también se están desarrollando otras de carácter autonómico sobre convenios colectivos cuyos efectos se circunscriben a determinados territorios, por lo que su análisis corresponde a los órganos de competencia autonómicos.

El asesor jurídico de CC OO, Enrique Lillo, aseguró ayer que la CNC no tiene competencia legal para sancionar lo que se diga en un convenio colectivo entre trabajadores y empresarios, porque en este caso lo que se aplica es el Estatuto de los Trabajadores y quien vela por su legalidad es la jurisdicción laboral. 'Se trata de una injerencia de la CNC porque la Ley de la Competencia debe entender de las relaciones entre empresas y no en las de empresarios y trabajadores', explica Lillo.

Los expertos en derecho de la competencia reconocen que se trata de un asunto 'delicado', porque es cierto que las leyes de competencia no tienen nada que decir en las relaciones estrictas entre empresarios y trabajadores, 'pero lo que hay que dirimir en este caso es si los convenios contienen cláusulas que exceden la estricta relación entre trabajador y empresa'.

La CNC tiene ahora un periodo de 18 meses para resolver los expedientes.

La CE analiza si Sanofi-Aventis obstaculizó una inspección de competencia

La CE ha abierto una investigación formal para determinar si Sanofi-Aventis obstaculizó de manera ilegal una inspección de su oficina central en Francia en enero de 2008. Los responsables del grupo farmacéutico francés impidieron a los inspectores del Ejecutivo comunitario examinar y copiar documentos hasta que las autoridades francesas dictaron una orden nacional de búsqueda. Las pesquisas formaban parte de la investigación sobre el sector farmacéutico lanzada en enero por la comisaria de Competencia, Neelie Kroes.La apertura de un procedimiento formal no significa que Bruselas tenga ya pruebas de que ha habido una infracción. No hay ningún plazo estricto para concluir la investigación. Su duración depende de factores como la complejidad de cada caso, la cooperación de las empresas implicadas o el ejercido del derecho de defensa. Si el Ejecutivo comunitario concluye que Sanofi-Aventis es culpable podría imponerle una multa.

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