Un árbitro podrá resolver litigios de consumo inferiores a 300 euros
A partir de hoy, las disputas entre consumidores y empresas por montantes inferiores a 300 euros podrán ser resueltas por un solo árbitro. Así lo acordó el viernes el Consejo de Ministros, que aprobó un real decreto por el que introducen mejoras en el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre consumidores y empresas.
El colegio arbitral que resuelve las controversias entre consumidores y empresas está constituido por tres árbitros, de los cuales dos representan a las organizaciones de consumidores y a las organizaciones empresariales, mientras que el tercero, que actúa como presidente, es propuesto por la Administración entre sus funcionarios.
La modificación establece la posibilidad de que un solo árbitro resuelva controversias entre consumidores y empresas inferiores a 300 euros y persigue acabar con la acumulación de solicitudes de arbitraje presentadas frente a un mismo reclamado. Cada año se presentan en España unas 60.000 reclamaciones de arbitraje, cifra que incluye las presentadas en todas las juntas arbitrales de consumo (municipales, autonómicas y nacional).