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Tribunales

La CNMV clasificó a Fórum y a Afinsa como 'entidades financieras no registradas' en 1999

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) consideró en 1999, siete años antes de la intervención judicial, a Fórum Filatélico y Afinsa como ¢entidades financieras no registradas¢, lo que abriría la puerta -según fuentes jurídicas- a la responsabilidad patrimonial del Estado.

En la memoria de la CNMV de 1999, tanto Fórum Filatélico como Afinsa figuran en la ¢relación de entidades financieras contra las que se presentaron reclamaciones¢ y consta que fueron denunciadas con más de dos reclamaciones y que, al menos en una de las reclamaciones, el informe del organismo regulador es favorable al reclamante.

Así figura en un escrito presentado ante la Audiencia Nacional por el bufete Osorio&Asociados, hecho público hoy, en el que se pide la comparecencia de los ex presidentes de la CNMV Juan Fernández-Armesto y Blas Calzada, además del actual secretario del organismo regulador, Javier Rodríguez Pellitero, y la directora del servicio de reclamaciones, Gloria Bombín.

¢Es insoslayable que la CNMV conocía perfectamente, en el ya lejano año de 1999, que tanto Afinsa como Fórum eran entidades puramente financieras y que ejercían como tales -a sus anchas- sin autorización alguna, ni de la CNMV, ni de la Dirección General de Seguros, ni del Banco de España¢, indica el escrito.

Estos eran, según el bufete Osorio&Asociados, los ¢únicos tres organismos oficiales que tenían y tienen reservadas las competencias para otorgar alguno de los tipos de licencia administrativa¢ para captar ahorro y operar el mercado, pero no se les advirtió de esta actividad, a diferencia de lo que se hizo con Bosques Naturales en 1998.

Tras dejar claro que en la instrucción penal ya existen pruebas de una ¢operativa negocial contraria a la ley, la moral y el orden público¢ y constitutiva, presumiblemente, de diversos tipos delictivos por parte de los antiguos gestores de Fórum y Afinsa, el escrito advierte que, ambas compañías, ¢como captadoras de ahorro masivo¢, ¢debían haber estado sometidas a supervisión¢.

Además, ante la Audiencia Nacional, el bufete recuerda que existen dos respuestas oficiales de la CNMV respecto al negocio de Afinsa, una ofrecida el 14 de marzo de 2002, por la responsable de reclamaciones Gloria Bombín y otra, cinco años después, el 12 de junio de 2007, firmada por Javier Rodríguez Pellitero, el secretario del organismo regulador, sobre las reclamaciones de responsabilidad patrimonial formuladas contra la CNMV.

En ambas, se constata que no ha habido vulneración de la norma del Mercado de Valores, ya que, en 2007, se dice que no existe ¢posible ejercicio de potestades supervisores, inspectoras o sancionadoras, por parte de la CNMV¢ y, en 2002, se deja claro que ¢este tipo de negocios (de bienes tangibles) no puede considerarse un servicio de inversión sometido a las competencias de la CNMV¢.

Según el bufete Osorio&Asociados, ¢ambos funcionarios de la CNMV procedieron con aparente desprecio a la verdad o bien actuaron con una negligencia difícilmente justificable en el ejercicio de sus funciones¢.

También, el escrito califica de ¢asombroso, por no decir insólito¢, que la memoria de la CNMV en 1999 no recoja lo planteado por el informe anual del organismo en 1998 sobre las entidades financieras no registradas.

Este documento de 1998 decía que el Departamento de Atención al Público, ante las ¢numerosas reclamaciones¢ recibidas por inversores que perdieron sus ahorro ¢con entidades no habilitadas para prestar servicios de inversión¢, ¢puso todos los casos en conocimiento de la Divisón de Inspección, señalando en algunos casos la competencia de la Brigada Central de Policía Judicial (Delitos Económicos-Fraudes Financieros¢.

Sin embargo, un año después, en 1999, a juicio de Osorio&Asociados, ¢la mera aceptación de las reclamaciones contra Fórum y Afinsa, así como la resolución favorable de aquellas en favor de reclamante produce la lógica consecuencia de que la CNMV se consideró competente, y por ello era y es competente, como máximo organismo supervisor de ambas compañías filatélicas¢.

En otra parte del escrito, el bufete pide saber por qué la CNMV ¢omitió su obligación de requerir a Fórum y Afinsa, tal y como hizo con Bosques Naturales, para que cesasen en su actividad¢ pues, de su reconocimiento como entidades financieras no registradas, ¢se derivaba una obligación legal imperativa de que se procediese a la intervención de ambas, si no cesaban en tal actividad¢.

Además del testimonio de los cuatro miembros de la CNMV, el escrito solicita el del presidente de Adicae, Manuel Pardos, pues realizó la primera consulta que contestó la CNMV en 1998, ¢documentación original¢ del organismo regulador y comunicaciones entre la CNMV y el Banco de España en la que ésta le haya transmitido la existencia de estas dos ¢entidades financieras no registradas¢.

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