Guía para rebajar la factura fiscal: novedades
Conociendo un poco las novedades del nuevo IRPF y aplicando algunas fórmulas, unas nuevas y otras clásicas, podremos lograr que la factura fiscal sea lo menos gravosa posible o incluso salga a devolver. De momento, para ir haciendo cálculos, conviene conocer algunas de las novedades que ya han entrado en vigor este año y otras que lo harán en la factura fiscal de 2008.
Alquiler. Uno de los grandes anuncios del ministerio de Vivienda ha sido la puesta en marcha de una serie de medidas de fomento del alquiler. Y entre ellas hay una que afecta a la declaración de la renta. El Consejo de Ministros recientemente ha aprobado el Real Decreto de Ayudas a la Emancipación y Fomento del Alquiler. En lo que concierne a las medidas que se pueden aplicar de ella para reducir la factura fiscal, se encuentran las deducciones en la cuota estatal del IRPF del 10,05% de lo que pague un inquilino por el alquiler de su vivienda habitual, un porcentaje aplicable sobre una cuantía máxima de 9.015 euros. Según la información del ministerio de la Vivienda, esta deducción entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008, es decir, en la declaración de la renta que presentaremos en 2009.
Sin embargo, estas deducciones no serán las mismas para todas las personas que vivan de alquiler, ya que dependerá del sueldo de cada uno. De esta forma, se ha establecido una horquilla con tramos. Para calcular su deducción máxima, los interesados tendrán que restarle a su nómina (nunca superior a 24.000 euros netos al año) la cantidad de 12.000 euros. La cifra resultante tendrán que multiplicarla por el coeficiente 0,75. Por ejemplo, los contribuyentes que ganen 18.000 euros netos por ejercicio sólo podrán desgravarse el 10% de, como mucho, 4.515 euros que hayan abonado a su casero.
Cheque-bebé. Otra de las medidas anunciadas por el Ejecutivo durante este año ha sido el Cheque Bebé, una ayuda de 2.500 euros por nacimiento o adopción de hijo que afecta a los nacidos y adoptados desde el pasado 1 de julio. Su importe se extenderá a los 3.500 euros en el caso de las familias numerosas (dos hijos, uno de ellos discapacitado, o a partir de tres), si se trata de una familia monoparental o si la madre padece una discapacidad igual o superior al 65%. La prestación podrá hacerse efectiva mediante el pago único en su modalidad no contributiva o a través de la declaración anual del IRPF.
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