Los afectados por el 'decretazo' del PP ya pueden reclamar
Los trabajadores que se vieron afectados por la aplicación de la reforma del sistema de protección por desempleo llevada a cabo por el PP en mayo de 2002, conocida como decretazo y que dio lugar a una huelga general, podrán reclamar indemnizaciones al Estado después de que el Tribunal Constitucional haya anulado el decreto por el que se realizó dicha reforma.
Según informó ayer el sindicato UGT en un comunicado, quienes sufrieran las consecuencias del decretazo podrán reclamar al Estado por daños y perjuicios, de forma acreditada y cumpliendo los requisitos establecidos por el oficio dictado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales el pasado jueves, día 29. Las solicitudes se podrán presentar hasta el próximo 26 de abril, señala UGT.
La Administración tiene que asumir ahora la responsabilidad patrimonial por el uso indebido de una forma de legislar que la Constitución reserva para casos excepcionales.
El Tribunal Constitucional dictó el pasado 26 de abril de 2007 una sentencia por la que declaraba inconstitucional el decreto impuesto por el PP y que recortaba las prestaciones por desempleo.
Entre el 26 de mayo y el 13 de diciembre de 2002 estuvo plenamente vigente, con lo que hubo trabajadores que se vieron afectados por el mismo y que ahora podrán reclamar al Estado.
Los trabajadores deberán acreditar que se ha producido un daño o lesión efectivo, evaluable económicamente y de forma individualizada como consecuencia de esa norma. Si bien, no se podrá reclamar, según explica UGT, cuando se trate de una mera expectativa de derecho frustrada, de perjuicios sin trascendencia o cuando el particular tenga la obligación de soportar el daño. También cabrá reclamación si el trabajador tiene una sentencia firme de la jurisdicción de lo social.