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IRPF

Guía para rebajar el coste fiscal de tu sueldo

Conociendo un poco las novedades de la reforma del IRPF, podremos lograr pagar menos a Hacienda e incluso que la declaración salga a devolver. Además, sé atrevido y solicita a tu jefe que complemente tu sueldo con vales de comida o el pago de la guardería de tus hijos.

Si su empresa le pregunta si quiere que una parte de su sueldo vaya a través de acciones de la empresa, vales de comida o seguro médico, no lo dude. Si a su salario le añade alguno de estos complementos, tenga en cuenta que la nueva regulación del Impuesto sobre la Renta establece que no se considerarán retribuciones en especie, y por tanto no estarán sometidos al tributo, eliminando así una parte de la factura fiscal del contribuyente:

- Acciones de la empresa, con un máximo de 12.000 euros al año.

- Vales de comida. El nuevo reglamento ha elevado hasta 9 euros el límite diario exento de tributación, antes eran 7,81 euros.

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- El seguro de responsabilidad civil o accidente laboral tiene algunos límites para la deducción. Es decir, las primas o cuotas que las empresas satisfacen a empresas aseguradoras para la cobertura de enfermedad tienen como límite el que cubra al trabajador, a su cónyuge o hijos, y con un límite de 500 euros por persona.

- El pago de la guardería de los hijos, tampoco se considera retribución en especie en el caso de que se use un espacio habilitado por la empresa como guardería, o si se contrata a una empresa externa, siempre que sus locales estén homologados por la legislación de la respectiva Comunidad Autónoma. Además, la empresa podrá deducirse por ello el 10% de la base de deducción en el Impuesto de Sociedades. Dicha base, en caso de que el local sea suyo, estará formada por la inversión realizada más los gastos ocasionados por el local. Y si ha sido contratado a un tercero, por el importe acordado.

- Pago de cursos de formación relacionados con su trabajo.

Además, con estos suplementos las empresas también se ven beneficiadas, ya que pagarán menos por el Impuesto sobre Sociedades y por los pagos por cotizaciones a la Seguridad Social, ya que si estas cantidades se restan del salario, tampoco tienen que pagar por ellas. Sin embargo al planificar este tipo de retribuciones, la compañía no debe olvidar que éstas no pueden superar el 30% del sueldo del trabajador.

Es posible que la recta final del año no sea el mejor momento para pedirle a su jefe un curso de formación o una subida en la cuantía de los vales de comida, pero son consejos a tener en cuenta para los primeros meses de 2008.

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