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Servicios financieros

Una norma ideada para mimar al ahorrador

Mañana entra en vigor la directiva europea Mifid

Arranca la Mifid. La esperada Directiva Europea de Mercados e Instrumentos Financieros entra mañana en vigor. Uno de los pilares del Plan de Acción de Servicios Financieros, iniciado en 1999, pretende homogeneizar los mercados de valores, fomentar la competencia y reforzar la protección a los inversores. Revolucionará la estructura de los mercados, supondrá la creación de un mercado único europeo de instrumentos financieros y afectará la forma de operar de las empresas de inversión, su organización y en particular su relación con los clientes.

España llega a la cita sin los deberes hechos del todo. El proyecto de ley que transpondrá la Mifid a la legislación española recibió el visto bueno de la Comisión de Economía del Congreso el pasado martes. Esta semana se debatirá en el Senado y en el caso de que no haya ninguna modificación, algo previsible, podría entrar en vigor la segunda o tercera semana de noviembre. De no recibir enmiendas en la Cámara Alta, la ley será publicada directamente en el Boletín Oficial del Estado, mientras que de lo contrario deberá regresar al Congreso para su aprobación definitiva. A partir de entonces llegará el momento de desarrollar la ley con pertinentes reglamentos y circulares de la CNMV.

Entidades preparadas

Las entidades financieras aseguran que cuentan con la información suficiente para ir aplicando la normativa esencial de la Mifid. Eso sí, existen infinidad de preguntas sobre los detalles de la misma y su manera de implementarlos que tardarán tiempo en resolverse. 'El anteproyecto de la Ley del Mercado de Valores salió con bastante tiempo de antelación y en esencia nos ha dado una idea de lo que van a ser las normas básicas. Luego hemos contado con recomendaciones y opiniones del Comité Europeo de Supervisores del Mercado de Valores (CESR) para adoptar las normas. La CNMV también ha emitido recomendaciones de tipo aplicativo muy valiosas. La normativa esencial se puede aplicar ya. Luego habrá cuestiones específicas que tardarán porque aún no está la ley', explica Javier Martínez, de A&G.

La buena noticia es que la normativa española es una transposición 'pura y dura' de las directivas comunitarias, explica un diputado socialista. 'No hay conflictividad entre los partidos ni las enmiendas presentadas son fundamentales. Tratan principalmente de mejorar la redacción y los textos pero no hay grandes aportaciones porque realmente el proyecto de ley se consensuó con el Gobierno', añade.

A la espera del desarrollo de la norma las entidades empezarán a actuar atendiendo su filosofía principal. Una norma que beneficiará principalmente al minorista.

1 Clasificación de clientes. Las empresas de inversión tendrán la obligación de clasificar a sus clientes dentro de tres perfiles. Los minoristas tendrán los niveles máximos de protección e información. Los profesionales tendrán protección parcial y las contrapartidas elegibles, grupo que incluye a fondos, bancos... carecerán de ella. El cliente deberá someterse a un test de conveniencia con el objetivo de adaptar el producto a su perfil. Más exhaustivo aún será el test de idoneidad que deberá responder en caso de contratar un servicio de asesoramiento o gestión de carteras.

2 Información a inversores. La nueva normativa mejora la calidad de la información que las entidades deben suministrar a los minoristas. Las advertencias obligatorias sobre riesgos concretos relativos tanto a productos como servicios son algunas novedades. Asimismo se deberán distinguir los productos complejos de los que no los son. En cuanto a los incentivos que recibe una entidad, el comercial o el asesor por vender un producto, sólo se autorizan los que no perjudican al cliente y el cliente los deberá conocer.

3 Asesor individual. La regulación de la actividad del asesoramiento es otra novedad. En el anteproyecto de ley se crea la figura del la EAFI (Empresas de Asesoramiento Financiero) que se une a las existentes: sociedades de valores, agencias de valores y sociedad gestora de cartera. La norma permite que tanto personas físicas como jurídicas realicen esta actividad y se deberán someter a la CNMV y a las normas de conducta de las empresas de inversión.

4 La mejor ejecución. La Mifid establece el principio de mejor ejecución. La entidades deben buscar la manera más óptima de ejecutar órdenes y comunicarla al cliente.

5 Control interno. Se exige que las entidades mantengan funciones de auditoría interna y control de riesgos. La Mifid también establece un enfoque preventivo que obliga a las entidades a realizar su propio diagnóstico. El establecimiento de barreras de información e influencia entre áreas de negocio son algunos elementos de gestión de los conflictos de interés.

Las Bolsas pierden el monopolio

El esfuerzo que deberán realizar las empresas de servicios de inversión para afrontar los cambios es uno de los principales retos que plantea la Mifid. Sin embargo, el impacto de la norma en la negociación bursátil supondrá una de las principales transformaciones de la industria.Y es que la Mifid establece un libre sistema de competencia en la negociación de la renta variable. Las Bolsas perderán el monopolio y ya no será obligatorio transmitir las órdenes únicamente a través de los mercados nacionales. Los Sistemas Multilaterales de Negociación y la canalización de órdenes de clientes de manera interna a través de los llamados Internalizadores Sistemáticos también será posible. De hecho ya hay proyectos en marcha. Siete grandes bancos se han aliado en el Proyecto Turquoise para crear una plataforma que competirá directamente con las Bolsas.La visión de Accenture es que habrá una tendencia inicial de fragmentación e incremento de la competitividad, a la que seguirá una tendencia de consolidación, con un predominio de soluciones ofrecidas por las Bolsas tradicionales. En España, no obstante, aún está por ver que desarrollo tomará la ley en este aspecto. 'En España en principio se va a seguir liquidando por Iberclear. Nos falta conocer los detalles que tomará el desarrollo reglamentario. No es tan obvio que se pueda hacer a través de otras vías', explica Jaime Romeu, Chief Operating Oficer de Fortis.

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