Luxemburgo anula las penas fijadas para casos como el del 'Prestige'
El Tribunal de Justicia europeo anuló ayer el acuerdo firmado en 2005 por los países de la UE para castigar con cárcel las catástrofes marítimas como la provocada por el hundimiento del Prestige. Los jueces consideran que el acuerdo fue ilegal porque invadió las competencias de la Comisión Europea.
Los 25 países de la UE se comprometieron entonces a castigar con penas máximas de prisión de entre uno y 10 años los vertidos contaminantes en el mar que causen daños graves al agua y a especies animales y vegetales, o que provoquen la muerte o lesiones a personas. El acuerdo contemplaba sanciones por un importe mínimo de un millón y medio de euros.
Pero la sentencia deja sin efecto el acuerdo porque se aprobó al margen de la legislación comunitaria. Los países de la UE, en una práctica habitual cuando abordan temas sensibles, prefirieron pactar las sanciones sin someterse a la supervisión de la CE ni al control del Tribunal europeo. De ese modo, la aplicación del acuerdo depende de la voluntad de cada país, sin que Bruselas pueda exigir su cumplimiento.