_
_
_
_
Columna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las columnas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Los registradores, a debate

La cuestión de los registradores de la propiedad que venimos tratando en estas páginas se complica. Aunque la semana pasada quedó fijada la materia para la lección de hoy, han aflorado datos muy desconocidos que merecen ser presentados sin más demora en el aula antes de proseguir con el programa trazado. Se trata de traer a la luz un momento estelar, aquel en que la cuestión de los registradores tomó estado parlamentario. Su punto de ignición fue la presentación de una proposición no de ley 'sobre gestión de los Registros de la Propiedad y Mercantiles y retribución de los titulares', suscrita por el grupo de Izquierda Unida y registrada en el Congreso el 24 de noviembre de 2004. La proposición mencionada figuraba en el tercer punto del orden del día de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, celebrada el 8 de febrero de 2005. De aquel debate ha sido imposible encontrar rastro significativo alguno en los medios de comunicación y por eso vale aún más la pena recuperarlo.

En definitiva, todo el trayecto parlamentario permite establecer que hay por lo menos dos escuelas de pensamiento acerca de esta cuestión. Para la primera, la figura del registrador -que aparece dotada de la doble e indisoluble condición de funcionario y profesional- constituye un híbrido imposible y por completo contradictorio, habida cuenta de que los titulares perciben aranceles de un público cautivo sin posibilidad alguna de elección.

Además, los de esta primera escuela concluyen que la actual definición de los registradores es una anomalía instalada en el privilegio que, arrastrada por antiguas inercias, en absoluto se compadece con la democracia que nos hemos dado y que por tanto debería corregirse cuanto antes. En esa línea estuvieron las intervenciones de las portavoces de los grupos de Izquierda Unida, Isaura Navarro, y del Partido Nacionalista Vasco, Margarita Uría.

Una escuela considera al registrador un híbrido impo-sible; otra, el adelanto de una Administración modernizada

La segunda escuela de pensamiento opta por pronunciarse en términos de admiración superlativa respecto a la eficiencia del sistema de los registradores, lo exalta como una verdadera cumbre por encima de los logros de todos los países de la UE, desconoce motivo alguno de escándalo en las retribuciones que alcanzan los titulares y se atreve en su expresión más extrema a presentar su situación actual como un feliz adelanto de lo que podría ser una Administración pública modernizada mediante franquicias.

Esa fue la senda del portavoz del Grupo Popular, Juan Manuel Albendea, del grupo de Convergència i Unió, Jordi Jané, y con ciertas modulaciones perversas del Grupo Socialista, Antonio Hernando, que logró inutilizar el texto originario con una enmienda de sustitución que obtuvo 19 votos a favor y 15 abstenciones.

Vayamos ahora al texto de la proposición no de ley del grupo de IU que instaba al Gobierno para: 1) revisar, actualizar y ajustar los aranceles que perciben los registros de conformidad con la Ley 8/89 de 13 de abril, que impone el principio de no lucratividad de los aranceles de los funcionarios públicos; 2) crear una comisión interministerial que en seis meses informara en detalle sobre la cifra de ingresos brutos percibidos por arancel, los gastos y costes acreditados por mantenimiento de las oficinas, los costes de personal empleado y la retribución de los registradores; 3) fijar la retribución a percibir por los registradores acorde a la de otros funcionarios públicos de altos cuerpos del Estado, así como las percepciones salariales del personal empleado con criterios homogéneos al personal laboral al servicio de las diversas Administraciones públicas; 4) elaborar un estudio jurídico y económico sobre la posibilidad de implantar un sistema de tasas en la gestión de los registros, así como la participación de las comunidades autónomas, y 5) bonificar los aranceles hasta un 95% para los actos y contratos relativos a la adquisición y subrogación hipotecaria de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública y otras de hasta un 90% para todos los actos registrales que lleven a cabo el Estado, las comunidades autónomas, las corporaciones locales y otras entidades públicas.

Compárese el texto anterior con el de la enmienda de sustitución del PSOE que fue la que resultó aprobada, donde todo quedaba reducido a instar al Gobierno para: 1) prevenir la litigiosidad generada por el tráfico jurídico; 2) mejorar la accesibilidad al servicio público; 3) implantar las nuevas tecnologías; 4) promover la firma electrónica, y 5) racionalizar los costes de acceso al servicio público registral. En suma, un magnífico ejercicio de prestidigitación sobre el que volveremos los próximos días. Atentos.

Miguel Ángel Aguilar

Periodista

Archivado En

_
_