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OPS

Bruselas investiga a España por las ventajas fiscales a las empresas españolas en compras extranjeras

La Comisión Europea ha abierto esta mañana una investigación sobre un artículo de la ley del Impuesto sobre Sociedades española que permite a las empresas locales apuntarse deducciones fiscales cuando adquieren una participación en compañías extranjeras. La norma podría constituir una violación de la libre competencia.

El Ejecutivo comunitario considera que la ley de Sociedades podría dar una ventaja ilegal a las empresas españolas a la hora de adquirir compañías foráneas con respecto a la adquisición de otras empresas españolas.

La Comisión Europea ha recibido denuncias formales que sostienen que el régimen español es ilegal. Bruselas ha tenido en cuenta los casos de la compra de O2 por Telefónica y de Scottish Power por Iberdrola y las ofertas de Sacyr, Abertis y Cintra para la concesión de las autopistas en Francia.

El portavoz de Competencia, Jonathan Todd, dijo que no podía dar cifras concretas de los beneficios fiscales obtenidos por las empresas españolas gracias a este régimen, pero señaló que se trata de "sumas de dinero muy importantes". Al ser preguntado por si la investigación afecta a otras operaciones como la compra de Abbey por Santander o la de BAA por parte de Ferrovial, Todd explicó que ello se determinará durante el curso de las pesquisas. Tampoco aclaró si Deutsche Telekom fue uno de los denunciantes de este régimen español tras la compra de O2 por telefónica.

Polémica Ley de Sociedades

El artículo 12, apartado 5, de la ley del Impuesto sobre Sociedades españolas establece que, desde el 1 de enero de 2002, las empresas españolas pueden amortizar el fondo de comercio financiero que resulta de la adquisición de participaciones significativas en empresas extranjeras durante los veinte años siguientes a la adquisición.

La amortización del fondo de comercio financiero consiste en la posibilidad de deducir de la base imponible de la empresa adquiriente la diferencia entre el precio de adquisición de las acciones y el valor de mercado de los activos de la empresa adquirida.

"Muchos creen que este régimen otorga una ventaja a las empresas españolas que compran empresas extranjeras. Esta investigación va a permitirnos determinar si esta inquietud está justificada", dijo la comisaria de Competencia, Neelie Kroes, en un comunicado. El inicio de la investigación permite a los interesados formular observaciones sobre el régimen fiscal español y no prejuzga la decisión definitiva de la Comisión.

Tras realizar una evaluación preliminar, el Ejecutivo comunitario tiene "dudas" sobre la posibilidad de que este régimen dé una "ventaja selectiva" a las empresas españolas que adquieran empresas extranjeras, lo que "podría falsear la competencia". Además, la Comisión teme que la norma "incite al establecimiento en España de sociedades de cartera internacionales", al tiempo que excluye de su ámbito de aplicación la creación de grupos nacionales.

Según el análisis de la Comisión, el régimen parece establecer una excepción al sistema fiscal general español al permitir la amortización del fondo de comercio incluso cuando no se unen la empresa adquiriente y la empresa adquirida en una sola entidad. Sólo se aplica a las participaciones en empresas extranjeras y se supedita a la adquisición de más del 5% de la empresa objetivo, sin que sea necesario adquirir su control.

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